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Donostia

La Audiencia de Araba ratifica como «abusivo» el cobro por ingreso en efectivo

La Audiencia provincial de Araba ha ratificado que Kutxabank deberá dejar de cobrar una comisión de dos euros por los ingresos en efectivo en la cuenta de un cliente de este banco, al ser una cláusula abusiva que deberá ser eliminada.

Una oficina de Kutxabank. (Gorka RUBIO / FOKU)
Una oficina de Kutxabank. (Gorka RUBIO / FOKU)

Así lo sentenció el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Gasteiz y lo ha ratificado ahora la Audiencia provincial, tras el recurso de Kutxabank, en una sentencia dictada el pasado lunes sobre una «acción de cesación» presentada por EKA/ACUV.

Esta asociación de consumidores ha informado de que ambas sentencias concluyen que el cobro de dicha comisión es una práctica «abusiva» porque el banco cobra dos veces por el mismo servicio: al titular de la cuenta que recibe el ingreso, mediante la comisión de mantenimiento que incluye la gestión de cobro de recibos, y a quien realiza el ingreso, que debe pagar esa comisión.

EKA/ACUV ha recordado que el Banco de España estableció en una circular que no podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o no solicitados en firme por el cliente y, en este caso, el cobro de dos euros a quien hace un ingreso en cuenta ajena supone una «imposición arbitraria».

Ese usuario estaría «pactando tácitamente con la entidad la prestación de un servicio, contrato verbal y atípico, y por el que se le exigen dos euros sin previo aviso ni negociación», dice la sentencia.

Además, se señala que estos dos euros es una cantidad que no es proporcional a la cuantía del ingreso. «Se cuantifica en dos euros independientemente de la cantidad principal, siendo que no es lo mismo pagar un recibo de cuatro euros que uno de doscientos, ya que en el primer caso dos euros supondría el cincuenta por ciento».