7K - zazpika astekaria
CONSUMO

Concesionarios de coches


Una nueva alerta a las personas compradoras de un coche entre los años 2006 y 2013 nos avisa de la posibilidad de estar afectadas por un fraude que cometieron fabricantes y concesionarios de vehículos pactando fijar los precios, con claro perjuicio a nuestros bolsillos y, de paso, a la competencia.

Para entender este incremento en los contratos de compraventa, debemos remontarnos a 2015 y al denominado cártel de los concesionarios de coches. Ese año la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) denunció que alrededor de treinta firmas habían intercambiado información confidencial para pactar los precios de venta de millones de coches en el Estado español. Esta práctica conseguía eliminar la competencia real entre fabricantes y los propios concesionarios mediante el intercambio de datos sobre precios, ofertas y descuentos.

Con ello, pretendían asegurar unos precios mínimos que nadie pudiese rebatir, elevándolos de forma artificial. Destapado el escándalo, la CNMC impuso una sanción de 171 millones de euros que fue confirmada en diciembre de 2019 por la Audiencia Nacional española. Finalmente, el Supremo se acaba de pronunciar desestimando los recursos interpuestos por quince de las empresas acusadas, por lo que se abre claramente una puerta para las reclamaciones.

Posibles devoluciones. No son todos los fabricantes y concesionarios (21 fabricantes y 130 concesionarios) pero son muchos los que se vieron perjudicados (cerca de 10 millones en el Estado español), por lo que conviene revisar documentos de compra y la ficha técnica del vehículo. Las asociaciones de consumidores hablan de posibles devoluciones de entre 2.000 y 9.000 euros, dependiendo de cada caso.

Una vez más, queda claro lo poco que a los medios de comunicación generalistas, públicos y privados les importan las audiencias por aquello de “no morder la mano” que te da publicidad. Ni qué decir de las páginas oficiales de Consumo para recomendar «comprar bien, bonito y barato». Más información en www.eka.org, donde también se podrá ver la Sentencia del TS de 20 de abril de 2021.