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CONSUMO

Viajeros al tren


Cada vez más se usa el medio ferroviario para viajar por motivos ecológicos y porque es más económico que volar o usar nuestro vehículo, teniendo en cuenta los elevados precios de los carburantes. Sin embargo, son poco conocidos nuestros derechos, y por eso se tiende al abuso a la hora de indemnizar y/o reembolsar. Así que vamos a tratar los derechos de los pasajeros del ferrocarril en caso de cancelación.

• Derecho al reembolso íntegro del precio del billete o transporte alternativo.

• Derecho a indemnización: 50% del precio del billete. En caso de pérdida de conexiones cuando los billetes se hayan adquirido en una única transacción comercial y el proveedor haya combinado los billetes por iniciativa propia, el usuario tendrá derecho a una indemnización del 75% del precio del billete.

• El reembolso y la indemnización se recibirán en un plazo de 30 días desde la presentación de la reclamación. El rembolso y la indemnización podrán pagarse en forma de vales u otros servicios, siempre y cuando estos métodos de pago sean aceptados por el consumidor. La indemnización se abonará en efectivo a petición del viajero

En caso de pérdida total o parcial de los equipajes facturados, el transportista deberá pagar:

• Si se ha probado el importe de los daños y perjuicios, el máximo sería indemnizar con 1.500 € en caso de existir más de un bulto.

• En caso de no probar el importe del daño o perjuicio, una indemnización calculada a tanto alzado de 20 unidades de cuenta por kilogramo de peso bruto que falte o de 300 unidades de cuenta por bulto.

Se puede considerar que un bulto está perdido cuando no haya sido entregado o puesto a disposición del usuario dentro de los 14 días siguientes a la petición de entrega.