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EL TRIBUNAL EUROPEO DE DDHH CONTRA EL REINO DE ESPAñA

El trasfondo del fallo: «bolsa», cinco días en vela y una bala para Atristain

Técnicamente la condena europea al Reino de España por el caso de Xabier Atristain tiene como motivo el veto a abogado de confianza. Pero la redacción apunta más allá, a la autoinculpación forzada. ¿Y cómo ocurrió? Este es el detalle de las torturas referidas por el donostiarra y la desatención doble por parte de la Audiencia Nacional.


El titular ayer de la noticia de la sentencia europea contra el Reino de España por el caso de Xabier Atristain no podía ser otro que el motivo técnico del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: ha sido condenado por negar derecho a abogado de confianza a un detenido vasco. Pero esa es solo la punta del iceberg. En el mismo fallo se apunta sibilinamente a las consecuencias que tuvo este factor, sumado a todos los restantes que conlleva la incomunicación: la privación de amparo a Atristain «socavó la equidad del proceso penal posterior, en la medida en que la declaración inicial incriminatoria del demandante fue admitida como prueba».

Efectivamente, el donostiarra fue condenado a partir de su propio testimonio, forzado en los calabozos de la Guardia Civil. Fue una declaración efectuada bajo graves torturas, según relató el detenido; una declaración que, como detalle muy significativo, ni siquiera firmó el abogado de oficio, y unas torturas a las que no hizo alusión el juez instructor de la Audiencia Nacional en el auto de prisión y que fueron desmentidas expresamente por el tribunal que le condenó en 2013. Con un último detalle siniestro en el proceso: Xabier Atristain se había puesto a disposición judicial por voluntad propia apenas unos meses antes, pero entonces se le dejó libre, lo que apunta a que la GC –y la AN, bien por impulso propio o por seguimiento del instituto armado– preferían atraparle vía incomunicación.

Por cierto, todo ello no ocurrió en los oscuros años 70 y 80 sino en setiembre de 2010, en un momento en que la izquierda abertzale ya estaba girando de modo visible hacia el fin del conflicto armado. Se produjo con un gobierno del PSOE y con Alfredo Pérez Rubalcaba como ministro del Interior.

Dos veces sin conocimiento

Con lo anterior queda claro que hay mucho que detallar en el caso, por lo que es imprescindible ir por partes. Empezando por lo más grave: la tortura revelada por el detenido, que hoy todavía sigue en prisión. Su testimonio fue publicado días después por el movimiento pro amnistía junto al de Juan Carlos Besance, arrestado al mismo tiempo. Y es muy detallado.

Si bien el momento del arresto «fue tranquilo», el calvario de Atristain comenzó cuando lo metieron en el coche de la Guardia Civil para trasladarlo a Madrid. Ya en el camino «le pusieron la bolsa en la cabeza, muy prieta, dejándole sin aire y casi hasta al punto de ahogarlo. Perdió dos veces el conocimiento en el camino».

Atristain expuso que «la Guardia Civil tenía muy controlado hasta cuándo podía tener la bolsa en la cabeza, cuándo perdería el conocimiento...». Es inevitable recordar lo que le decía al respecto el agente de Intxaurrondo Pedro Gómez Nieto a su jefe en el Cesid ya un par de décadas antes (fue publicado el 23 de febrero pasado en NAIZ), porque constituye todo un «manual de ‘la bolsa’».

La aplicación de “la bolsa” siguió en Madrid, entre interrogatorios muy largos y realizados siempre sin abogado, según remarcó ya entonces el detenido. Este es obviamente uno de los pilares del procedimiento de incomunicación, por lo que el rechazo europeo ahora manifestado bien podría convertirse en doctrina general. Volviendo a las torturas, participaron «muchos guardias civiles» y le produjeron asfixia en numerosas ocasiones, llegando a vomitar dos veces, «hasta que no tenía más para echar, solo bilis».

Cuenta Atristain que en otro momento lo rodearon con goma-espuma mientras le ponían la bolsa en la cabeza, provocándole fuertes sudores, y que a continuación los guardias civiles le arrojaban agua fría para producirle un brusco contraste de temperatura.

Sufrió taquicardia dos veces y entonces le dieron un medicamento, que cree podían ser calmantes. «No obstante, las sesiones de tortura continuaron hasta el final», constató el movimiento pro amnistía. El arrestado explicó que en esos cinco días y noches no se le permitió dormir ni tampoco comer.

A “la bolsa” se le sumaron «golpes, ejercicios físicos y amenazas continuas», muchas de ellas relacionadas con su novia. Así, los guardias le hicieron tocar una bala y afirmaron que la utilizarían para implicarla.

Abogado de oficio y jueces

En el transcurso de esos cinco días, el tope del periodo de incomunicación, fue obligado a hacer dos declaraciones policiales. El movimiento pro amnistía explicó que la segunda de ellas no quiso firmarla el abogado de oficio impuesto a Atristain al observar la situación en que se hallaba el detenido. Se trata de un detalle que entonces pasó desapercibido, dentro de la desatención general a este relato tremendo que solo tuvo eco en medios como GARA, pero que ahora cobra más fuerza tras la sentencia europea puesto que pone el foco en el veto a la atención jurídica.

El auto de prisión para ambos fue firmado por el juez instructor de la Audiencia Nacional Ismael Moreno y no incluye mención alguna a lo ocurrido en los calabozos. Y eso pese a que en su declaración judicial Atristain negó expresamente los hechos imputados, de los que se había autoinculpado en los calabozos de la Guardia Civil, y denunció haber sido torturado.

Más significativo aún puede ser el contenido de la sentencia de 2013, por la que se condenó a Atristain a diecisete años de cárcel. Y es que el tribunal formado por Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y Ángeles Barreiro no solo obvió la existencia de malos tratos a los detenidos, sino que los descartó expresamente, argumentando que «los informes forenses no objetivaron ninguna patología de esta naturaleza» y concluyendo que los detenidos «efectuaron sus declaraciones libre y voluntariamente en sede policial, sin sufrir ningún tipo de coacción o presión».

Atristain permanece preso desde entonces, en la actualidad en Martutene, aunque la defensa ya anuncia que pedirá al Tribunal Supremo español la revisión de condena en virtud de esta sentencia europea.

Un hecho, dos sumarios

A todo lo anterior hay que añadir que los hechos no se agotan en ese setiembre-octubre de 2010, sino que tienen un prolegómeno más que inquietante. Y es que medio año antes, en marzo, Xabier Atristain había acudido a dependencias de la Gendarmería en Biarritz al conocer que su nombre aparecía en un auto del juez Fernando Grande-Marlaska tras una operación contra ETA. Fue detenido y entregado al Estado español de modo fulminante, pero la Audiencia Nacional lo dejó libre al no hallar pruebas en su contra.

La secuencia de hechos apunta a que la Guardia Civil tenía en mente el siguiente paso: detener de nuevo a Atristain, pero ahora pudiéndolo incomunicar y forzar una autoinculpación, que es lo que terminó ocurriendo en setiembre.

El movimiento pro amnistía también subrayó entonces la irregularidad jurídica añadida que conllevaba todo el proceso, puesto que se había acabado abriendo dos procedimientos judiciales por unos mismos hechos, con el único fin de provocar el segundo arresto. En el segundo de estos sumarios (el instruido por Moreno, tras el inicial de Grande-Marlaska) no había elementos nuevos que imputar a Atristain, salvo su autoinculpación.