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El TSJN baja de 15 a 14 años una pena por la violación de sanfermines

El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa, interpretando la ley del «sí es sí», ha aplicado una reducción menor -de 15 a 14 años- a la pena de un condenado por la violación múltiple de sanfermines de 2016. La decisión cuenta con el voto particular de la juez Esther Erice.

Ángel Boza, el más joven de los condenados, durante su etapa en libertad condicional. (Europa PRESS)

La indignación desatada por la primera sentencia por la violación grupal de sanfermines de 2016, en la que se calificaron los hechos como meros abusos, se convirtió en el germen del cambio penal que se introdujo con la ley del «sí es sí». Ayer, en aplicación de esta nueva norma, uno de los condenados se vio beneficiado por una pequeña disminución de su pena, que se le rebajará de 15 a 14 años.

El TSJN adopta esta decisión con división de opiniones. Los jueces Joaquín Galve -ponente- y Francisco Javier Fernández apoyaron la rebaja contra el criterio de Esther Erice, que emitió un voto particular. La discusión abierta entre los tres jueces del TSJN resulta reveladora. Erice es una de las mayores expertas en violencia machista del Estado español. En concreto, es la coordinadora de la Comisión de Violencia de Género de la asociación progresista de magistrados Jueces y Juezas por la Democracia. Además, preside desde hace más de una década la Audiencia Provincial de Nafarroa.

Lo que argumenta esta jueza -que al igual que Galve tuvo que pronunciarse en los recursos que Fiscalía y acusación particular presentaron a esa sentencia- es que pese a tratarse de una rebaja de pena de entidad menor no debería aplicarse en este caso. Según sostiene Erice, con la nueva legislación del «sí es sí», un delito como el que cometieron los miembros de la violación múltiple no hubiera recibido una pena menos severa que esos 15 años a los que fue condenado Miguel Ángel Boza como copartícipe de la violación grupal de 2016.

Esta jueza insiste en que la rebaja viene de una traslación meramente aritmética de la condena original y que, por tanto, sus compañeros están obviando la «gravedad de los hechos».

Lógicamente, las acusaciones ejercidas por el Ayuntamiento de Iruñea, la Fiscalía y la propia víctima también se posicionaron en contra.

LA NORMA Y EL INTÉRPRETE

La lectura del voto particular de la jueza refleja que no es la nueva norma que impulsó Podemos la que ha derivado en revisiones a la baja de condenas previas. En la práctica, quien ha decidido aplicar así esta norma es la mayoría conservadora de los jueces, contra el criterio de los expertos del ala progresista.

Las rebajas de penas a agresores sexuales -van ya más de 1.100 incluida la de Boza- se emplearon mediáticamente como ariete contra el Gobierno de coalición, tensionando las relaciones entre Podemos y el PSOE hasta el punto de ocasionar, muy probablemente, la mayor crisis entre los socios la pasada legislatura. Y no pocos acusaron al estamento judicial de tratar de interferir con su posicionamiento en la vida política.

Al hilo de la revisión de condena conocida ayer, volvió a despertar esa tormenta mediática desde la derecha para acusar al Ejecutivo de la liberación temprana de agresores sexuales.

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VIOLENCIA Y CONSENTIMIENTO

La sentencia por la violación cometida en 2016 se basó en un código penal que distinguía entre agresión o abuso en función de la existencia o no de violencia (bien expresa, bien por la intimidación). En un primer momento se calificó de abuso por no acreditarse intimidación suficiente, aunque en la revisión de la sentencia sí que se apreció esta violencia no física, de ahí que las condenas decretadas contra los cinco agresores fueran tan altas.

La ola de solidaridad que se despertó tras conocerse el fallo reclamó un cambio centrado en el consentimiento. Tal modificación provoca que hechos sucedidos antes de la nueva ley hoy hubieran recibido una consideración penal diferente, lo que dificulta técnicamente la revisión de condenas previas, que solo puede hacerse en beneficio de reo.