La Audiencia Nacional rechaza adelantar la salida de prisión de Fernando del Olmo
La Audiencia Nacional ha rechazado adelantar la salida de la cárcel del preso vasco Fernando del Olmo, cuya excarcelación está prevista para octubre de 2015, tras desestimar su solicitud de que se le aplique el doble cómputo de la prisión preventiva.
La Audiencia Nacional española ha rechazado adelantar la salida de prisión del bilbotarra Fernando del Olmo, en virtud de la nueva práctica que suprime el doble cómputo de la prisión preventiva en casos de sumarios acumulados y que supone el estiramiento de la condena uno o dos años.
Del Olmo solicitó que se le aplicara el doble cómputo a la fecha de licenciamiento defintivo, que en aplicación de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo se adelantó de abril de 2020 al 7 de octubre de 2015. Si se hubiera admitido la solicitud, habría sido puesto en libertad. Sin embargo, el Pleno de la de la Sala de lo Penal ha rechazado la petición, alegando que el doble cómputo debe efectuarse «sobre cada una de las penas» que se le impusieron.
La doctrina del doble cómputo, fijada por el Tribunal Constitucional en 2008, establecía que el tiempo que un preso permanece en prisión provisional debe descontársele, a efectos de cómputo de la pena, de cada una de las condenas firmes que estuviera cumpliendo. Por lo tanto, cuando la defensa lo solicitaba, lo habitual era que la fecha de excarcelación fuera revisada favorablemente para la persona presa, que habitualmente salía así a la calle unos meses, un año o dos años antes de lo establecido inicialmente por la autoridad penitenciaria.
Sin embargo, en la modificación del Código Penal realizada en 2010 se cambió la redacción de ese artículo de modo que el doble cómputo ya no resulta posible en lo sucesivo.
El dictamen del TC de 2008 ha seguido vigente hasta los últimos meses, en que se han producido todo tipo de interpretaciones por parte de las distintas instancias judiciales, e incluso fallos en sentidos diferentes firmados por un mismo tribunal.
El pasado mes de febrero, tanto el Tribunal Supremo (TS) como el TC dictaminaron en contra del doble cómputo. Y en abril ha sido el Pleno de lo Penal de la Audiencia Nacional, no sin debate, quien ha dictado una resolución en el mismo sentido, que supone la unificación de criterios sobre este asunto.