La Audiencia de Nafarroa afirma que la trifulca de Altsasu debe instruirse en Iruñea
La Audiencia de Navarra ha estimado el recurso interpuesto por los nueve jóvenes investigados por la trifulca de Altsasu y ha considerado que la causa debe instruirse en Iruñea y no en la Audiencia Nacional española, por lo que ha instado a la jueza a plantear la competencia ante el Tribunal Supremo. La defensa de los tres jóvenes que permanecen encarcelados pedirá su liberación.
La Audiencia de Nafarroa considera que la trifulca de Altsasu, por la que hay un total de nueve jóvenes investigados –tres de ellos en prisión– debe instruirse en Iruñea y no en la Audiencia Nacional española.
«No es posible concluir que en los hechos denunciados existan indicios de la comisión de un presunto delito de terrorismo», señala la sección Primera de la Audiencia, que ha estimado el recurso interpuesto por las defensas de los nueve jóvenes, según ha informado el TSJN.
Al no ver «indicios racionales» que pongan de manifiesto la comisión de un delito de «terrorismo», la Audiencia de Nafarroa concluye que el juzgado de Instrucción número 3 de Iruñea es el «competente para la instrucción de los hechos denunciados».
Por ello, insta al citado juzgado a que rechace el envío de la causa al Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional y, por tanto, plantee una cuestión de competencia ante el Tribunal Supremo para que decida qué órgano judicial debe asumir la investigación.
En el auto se detalla lo que el Código Penal establece como «terrorismo», para a continuar señalar que se exige la concurrencia objetiva de dos requisitos: que se trate de un «delito grave» identificado en la norma como tal y que tenga la finalidad de «subvertir, desestabilizar gravemente, alterar gravemente o provocar un estado de terror».
Como «delito grave» se entiende el que está castigado por la ley con prisión superior a 5 años y en este caso la Audiencia sostiene que «no estamos en presencia de un delito grave», puesto que el delito de lesiones, como delito contra la integridad física, no excede la pena de 5 años.
A eso añade que ni del atestado de la Policía Foral, ni del ampliatorio de la Guardia Civil, ni tampoco de las declaraciones de los agentes y sus parejas, ni de los informes que obran en ambos atestados, encuentran las finalidades citadas de «subvertir el orden constitucional o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas».
La Audiencia afirma que se está ante un hecho «en principio casual, en el curso del cual se desarrollan los hechos», que «evidentemente» tiene su origen en el conocimiento que los jóvenes tienen de la condición de miembros de la Guardia Civil, a lo que añade que existe el movimiento OSPA, en el que se integran al parecer algunos de los investigados.
Pero puntualiza que de esa circunstancia y de las expresiones que pudieron referirse y que iban dirigidas a su cualidad de guardias civiles, «no puede deducirse» que lo que se pretendía era desestabilizar las instituciones o «alterar gravemente la paz pública o generar un estado de terror en la población o en una parte de ella».
Refuerza esa afirmación indicando que «nada de ello» se traslada en el informe elaborado por la Guardia Civil, así como que no existen indicios de que lo sucedido fuera la materialización de un acto impulsado por Ospa mugimendua.
Sumario concluido
La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela concluyó a principios de febrero el sumario contra los nueve jóvenes por la trifulca con dos guardias civiles y sus parejas en octubre y les atribuyó «un delito de terrorismo en concurso ideal de lesiones, atentado y odio».
Siete de ellos fueron enviados a prisión el pasado mes de noviembre mientras que otros dos permanecen libres con la obligación de comparecer dos veces por semana. Jokin Unamuno, Adur Ramirez de Alda, Oihan Arnanz, Iñaki Abad, Julen Goikoetxea, Jon Ander Cob y Aratz Urrizola fueron encarcelados. Abad, Goikoetxea, Cob y Urrizola quedaron en libertad en diciembre, mientras que Unamuno, Ramirez de Alda y Arnanz siguen presos.