El auto no oculta que la «sedición» se aplica por alentar el referéndum
A Sànchez y Cuixart se les llevaba ante el juez por convocar las movilizaciones de respuesta a las detenciones y registros del 20 de setiembre. Pero el auto final de Lamela reconoce que la imputación de «sedición» está ligada al referéndum que el Estado no pudo impedir.
El diccionario de la Real Academia Española de la Lengua define «sedición» como un «alzamiento contra la autoridad» de carácter «colectivo y violento». El término tiene claras connotaciones militares, pero por él han sido encarcelados de momento dos civiles.
Se aprovecha para ello una movilización que efectivamente fue «colectiva», o mejor dicho masiva: ante la sede del Departamento de Economía de Catalunya se concentraron aquel 20 de setiembre en torno a 40.000 personas. Mucho más exagerado es afirmar que fuera «violenta», y no digamos ya si se compara con las cargas policiales del 1 de octubre; para solventarlo, el auto de la jueza Lamela sobredimensiona lo allí ocurrido, afirmando que algunos guardias civiles no pudieron salir del edificio hasta las 7.00 de la mañana del día siguiente, que se produjeron destrozos en sus vehículos o que «se agredió a militantes socialistas» en otro punto de la ciudad de Barcelona.
Que Sànchez y Cuixart estaban en la diana quedó claro ya en el auto emitido a media tarde sobre los dos imputados de los Mossos: el mayor Trapero y la intendente Laplana. Ahí ya se hablaba más de los dos líderes ciudadanos que de los mandos policiales. Se indicaba por ejemplo que durante toda aquella jornada ambos «se erigieron como interlocutores de la concentración, afirmando que podían mover a los miembros de la concentración para sus fines».
No obstante, el auto de prisión final admite claramente que el fondo de la cuestión es su promoción del referéndum del 1 de octubre, en el que la ciudadanía catalana metió un gol por la escuadra al Estado. Más allá de lo ocurrido el 20-S, reprocha la jueza que desde las redes sociales ANC y Ómnium hicieron «llamadas a los participantes animándoles a permanecer en colegios y presentar resistencia a las actuaciones policiales».
Cita también que se instó a estar «todos conectados» el 1 de octubre, para «recibir instrucciones concretas y poder reaccionar inmediatamente contra cualquier ataque». Y que se publicitó la iniciativa de escuelas obertes, para impedir la clausura policial de cientos de centros.
En el Estado español, todo esto se llama «sedición».
El TSJC avanza contra Forcadell por las leyes del 1-O y de Transitoriedad
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado el recurso de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y ha acordado seguirla investigando por permitir que se aprobara la ley del referéndum, indicando que es «evidente» que su «concreta conducta» no queda amparada por la inviolabilidad parlamentaria.
Así lo advierte la sala civil y penal del TSJC en un auto en el que desestima los recursos de Forcadell y los miembros de la Mesa Lluís Guinó y Simona Barrufet, de Junts pel Sí, y Joan Josep Nuet, de CSPQ, contra la admisión a trámite de una segunda querella fiscal por permitir que la cámara aprobara la Ley del Referéndum y la de Transitoriedad Jurídica.
En su escrito, el TSJC descarta el argumento de las defensas de los querellados de que no se les puede investigar porque, como diputados, están amparados por el principio de inviolabilidad parlamentaria. Da así la razón a la Fiscalía, que afirma que estos electos son inviolables por sus votos y las opiniones que emiten en el ejercicio de su cargo, pero ello no supone un «privilegio personal que les inmunice» de responsabilidad por actos «manifiestamente ilegales» ejecutados «al margen o en contra del sistema parlamentario».
Otro de los argumentos esgrimidos por la Fiscalía, que el TSJC reproduce en su escrito, es que quedan fuera del ámbito de protección aquellas conductas en las que «además de la opinión, sea necesaria la concurrencia de otra actuación», como entiende que es la desobediencia a resoluciones judiciales.
2,2 milioi jarri du Masek auzitegian
2014ko azaroaren 9an eginiko galdeketara diru publikoa bideratzeagatik 5,2 milioi euroko zigorra ezarri zion orduko president-a zen Artur Masi Kontu Auzitegiak. Atzokoan 2,2 milioi utzi zituen CiUko agintari ohiak auzitegi horretan, eta hamabost eguneko epea eskatu du, gainerakoa bideratu ahal izateko.
Abokatuek argi utzi dutenez, horrekin ez da ulertu behar Masek zigorra ordaindu egin duela, galdeketa harengatik «behin-behinean ezarritako erantzukizuna bermatzen» duela baizik, aipaturiko erabakiaren aurrean helegitea aurkeztu duelako eta zigorra, beraz, ez da behin betikoa. Masekin batera Govern-eko kide ziren Francesc Homs, Joana Ortega eta Irene Rigau zigortu zituen Kontu Auzitegiak.
ANCk eta Omnium Cultural-ek «elkartasun kutxa» osatzeko kanpaina egin dute Katalunian, fidantza horri erantzun ahal izateko, eta hain zuzen ere bi milioi euro lortu dituztela eman dute ezagutzera.