Santiago Espot apela a la libertad de expresión en el juicio por la pitada en la final de Copa de 2015
El presidente de Catalunya Acció ha sido juzgado este martes en la Audiencia Nacional española acusado de «injurias al rey y de ultraje a España», por los que la Fiscalía pide una multa de 14.600 euros.
El presidente de la entidad soberanista Catalunya Acció ha admitido haber difundido un manifiesto «político» que publicó en su perfil de Facebook el 28 de mayo, dos días antes de la final de la Copa en el Camp Nou entre el Barcelona y el Athletic, y al que se adhirieron otros once organismos.
Espot ha enmarcado esta iniciativa dentro de «una protesta pública y sonora contra la presencia de un personaje público» que estaba «amparada por sus derechos de opinión y expresión».
«Mi referencia al jefe del Estado es, si no recuerdo mal, como rey y como monarca sin entrar en temas de valoración personal que nunca han sido trascendentes políticamente para mí», ha explicado.
Su abogado, Albert Boada, ha subrayado en que la pitada al himno durante la final de la Copa, a la que Espot ni siquiera acudió, no implicó «ningún acto violento ni antes, ni durante, ni después», y ha recordado que en 2009 ya se había archivado en la Audiencia Nacional una querella similar durante la instrucción.
«En 2009 se entendió y consideró que era un ejercicio de la libertad ideológica y de expresión; no entendemos por qué años después es una actuación que merezca reproche penal. La Constitución establece la libertad idelógica con el límite del orden público, pero se tiene que usar con muchísima prudencia porque estamos en una sociedad en la que hay pluralismo. No ha sido trasgredido ninguno de los límites del derecho a la libertad de expresión», ha apuntado.
Además, ha añadido que el manifiesto en el que se incitaba a pitar el himno durante la final de la Copa ha sido considerado tanto por Policía como por Guardia Civil como un «documento político e ideológico». «Ese manifiesto, se lea como se lea, no contiene ataque a la dignidad del rey ni injurias al himno. Se refiere a ambos de forma respetuosa y no usa calificativos», ha añadido.
Espot ha señalado que sus ingresos mensuales rondan los 1.200 euros, de manera que no presenta declaración de la renta por no llegar al mínimo exigible, lo cual ha servido a su abogado para pedir que, en caso de ser condenado, se imponga una pena que pueda asumir y no los 14.400 euros que pide la Fiscalía en su escrito de acusación.
La situación «no es la misma» para la fiscal
Para la fiscal, la situación de la pitada del himno de 2015 «no es la misma» que la de 2009, ya que el procedimiento de hace dos años y medio fue iniciado en un juzgado de Barcelona, que practicó diligencias durante cinco meses. Además, considera que el «ambiente institucional» fue «muy diferente» entre uno y otro año.
Ha confirmado la petición de pena contra Espot al considerarle responsable de publicitar el manifiesto en el que se pedía que se pitara el himno. Además, le acusa de «hacer publicidad» y anunciar el reparto de silbatos «en el lugar y el momento» en los que se distribuyeron.
El juicio ha quedado visto para sentencia tras unas tres horas. Espot no ha querido hacer uso de su turno de última palabra, pero a la salida de la Audiencia Nacional sí ha denunciado ante los medios de comunicación que este proceso contra él es un «juicio por motivaciones políticas» y considera que la petición de pena de la Fiscalía «no se corresponde con la realidad».