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Revés judicial a la tesis de Rabat de la soberanía marroquí sobre el Sahara

Los pesqueros europeos no pueden faenar en aguas del Sahara Occidental en virtud del Acuerdo de Pesca entre la UE y Marruecos, en base a la sentencia dictada ayer por la Justicia europea que da un nuevo revés a la cooperación entre ambos al rechazar otra vez la tesis de Rabat sobre la soberanía marroquí sobre ese territorio ocupado.


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó ayer que el Acuerdo de Pesca entre la UE y Marruecos, en vigor desde 2017, es «válido» mientras no se aplique al Sahara Occidental ni a sus aguas adyacentes, algo que sería contrario al principio de libre determinación recogido en el Derecho internacional, y por lo tanto los barcos europeos no pueden faenar en esas aguas.

Se esperaba que este fallo indignara a Rabat, socio clave de la UE en el control de su frontera y que ya vio como el alto tribunal ya dejaba el Sahara Occidental fuera de su Acuerdo de Asociación de 1996 y de liberalización de productos agrícolas y pesqueros de 2012, y abriera una nueva crisis diplomática. Pero Marruecos optó por la mesura, minimizando la decisión al asegurar que «no refuta la capacidad de Marruecos para negociar un acuerdo incluso en las aguas del sur», en referencia a las del ocupado Sahara Occidental. Su ministro de Agricultura, Aziz Ajanuch, señaló que los barcos europeos podrán seguir faenando «hasta la caducidad del acuerdo actual», el 14 de julio.

Al igual que en una sentencia de diciembre de 2016, los magistrados del Tribunal con sede en Luxemburgo consideran que «el territorio del Sahara Occidental no forma parte del territorio del Reino de Marruecos», por lo que limita la validez del acuerdo al territorio y aguas alauitas.

El Acuerdo de Pesca permite a los buques de once estados de la UE que capturan especies pelágicas y demersales acceder a la «zona de pesca marroquí» a cambio de una contrapartida económica, todo ello articulado mediante un protocolo que fija las licencias y cuotas de pesca.

El Tribunal considera, no obstante, que las aguas adyacentes al Sahara Occidental no pueden explotarse en virtud del acuerdo, ya que «no están comprendidas en la zona de pesca marroquí», una precisión que puede suponer un jarro de agua fría para los pescadores europeos.

Tal y como apuntó en enero el abogado general del TJUE, Melchior Wathelet, cuyas conclusiones siguieron los magistrados, las aguas del Sahara Occidental eran el principal objeto del acuerdo, máxime cuando sólo las capturas de los grandes buques de la industria pesquera ya representan el 91,5% del total.

«Revisión legal urgente»

El Sahara Occidental es el único territorio de África donde el estatuto poscolonial no se ha zanjado. Marruecos ocupa desde 1975 gran parte de esta excolonia española. El Frente Polisario, que proclamó la República Árabe Saharaui Democrática, exige un referendo de autodeterminación, pero Rabat dice que este territorio rico en recursos es suyo y propone un estatuto de autonomía bajo su soberanía.

Para el Polisario, el fallo debería implicar «una revisión legal y diplomática urgente» de la UE «en la explotación ilegal de los recursos naturales» saharauis, según su portavoz en Europa Mohamed Sidati, quien mostró su disposición a una relación con la UE en «el marco del derecho internacional».