INFO

El Ejecutivo navarro modifica su ley reguladora para evitar el lenguaje sexista

El Gobierno de Nafarroa ha aprobado una modificación de la Ley Foral del Ejecutivo navarro para evitar el lenguaje sexista. La consejera de Presidencia, Mari Jose Beaumont, ha indicado que además de adoptar un lenguaje inclusivo, el proyecto también se ocupa de la iniciativa legislativa y la potestad normativa.

Con el cambio normativo, se hablará de presidente o de presidenta, como es el caso de Uxue Barkos. (J.DANAE / FOKU)

El lenguaje no sexista se sucederá a lo largo de todo el texto y por lo tanto se hablará de presidenta y presidente, vicepresidenta y vicepresidente y consejera y consejero.

Beaumont ha comentado que la ley a derogar con esta nueva normativa recoge hasta 60 expresiones sexistas ya que hace un uso «único y constante» del masculino tanto en singular como en plural.

Aprobada en 2004, ha subrayado que «es una norma paradigmática de la falta absoluta de visibilidad de la mujer, de la utilización de un lenguaje sexista y excluyente que transmite una idea clara: que los sujetos que ocupaban cargos superiores en la Administración eran hombres».

Por tanto, el Gobierno ha considerado necesario hacer «efectivo y visible» el trato de las mujeres en igualdad, rechazando que el masculino sea el genérico que englobe ambos sexos, y de hecho el nuevo texto antepone la prelación femenina sobre la masculina para dar visibilidad a la mujer y seguir al mismo tiempo un orden alfabético.

El proyecto de ley busca además reorganizar en una única norma las disposiciones sobre los procedimientos de tramitación en la iniciativa legislativa y en la potestad normativa y acomodar la normativa foral a las novedades de la legislación estatal.

De esta forma, el nuevo texto desarrolla el marco jurídico que regula la aprobación de Decretos-leyes Forales y la atribución de competencias reglamentarias al Gobierno y a las consejeras y consejeros.

En lo que se refiere a la figura del Decreto Leye, esta posibilidad está contemplada, para casos de extraordinaria y urgente necesidad, en la LORAFNA, pero no había sido desarrollada.

En segundo lugar, y respecto al ejercicio de la potestad normativa del Gobierno de Nafarroa, se regula la atribución de las respectivas competencias y la definición de cada una de las disposiciones y su ámbito sustantivo.