El Supremo rechaza aplazar el juicio contra los líderes soberanistas
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de varias defensas de aplazar el inicio del juicio del ‘procés’, señalado para el día 12, y de poner en libertad a los acusados en prisión provisional tras las denuncias de trato degradante en los traslados a las cárceles madrileñas.
En un auto, la sala que enjuiciará los hechos desestima las solicitudes de las defensas de Oriol Junqueras, Raul Römeva, Jordi Turull, Josep Rull, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart para acordar un aplazamiento de tres semanas al alegar que necesitaban tener acceso a la prueba documental, dado que aun no la habían recibido íntegramente tras el auto de admisión de prueba.
Pero el Supremo recuerda a las defensas que «la prueba documental, a diferencia de lo que expresan los escritos de las defensas, se practica en el plenario, no se anticipa al plenario».
El tribunal añade que «hablar de prueba documental anticipada para referirse a los documentos que han sido reclamados, supone distanciarse del genuino significado procesal de la prueba anticipada», que está contemplado para supuestos de previsible irrepetibilidad de una determinada declaración testifical y que se conoce también como prueba preconstituida.
La Sala también responde en su auto a algunas quejas manifestadas por las defensas en relación a la supuesta vulneración de los derechos de los acusados presos a su dignidad y a no sufrir tratos inhumanos o degradantes en los traslados policiales.
En concreto, el letrado de Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull denunció las condiciones del traslado de los presos a cárceles madrileñas, después de que un guardia civil grabara y difundiera un vídeo con «fines de burla y humillación» que denota un «trato degradante».
Pero el Supremo asegura que el Ministerio de Interior ya está depurando las posibles responsabilidades derivadas de este suceso y que es en ese ámbito donde deben formularse las alegaciones pertinentes.
De manera que el Supremo rechaza acceder a la petición de medidas alternativas a la prisión a raíz de la conducta de alguno de los responsables de la custodia y traslado de los procesados, dado que las razones por la que los nueve acusados se encuentran en la cárcel «no pueden ser neutralizadas» por este episodio.