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El BOE regula las condiciones de la vuelta a las playas vascas este lunes

El Boletín Oficial del Estado publicado este sábado regula la forma en la que se podrá acudir a las playas desde este lunes en la fase 2 con un cálculo de cuatro metros cuadrados por bañista. Atribuye a cada ayuntamiento la responsabilidad de las normas de cada playa y permite el uso de duchas, aseos, vestuarios, lavapiés al aire libre y otros servicios públicos.

La playa de La Concha podrá ser utilizada como lo determine el ayuntamiento de Donostia. (Jon URBE/FOKU)

El BOE recoge que desde este lunes «los bañistas deberán hacer un uso responsable de la playa y sus instalaciones, tanto desde el punto de vista medioambiental como sanitario, cumpliendo para ello con las recomendaciones y normas establecidas por las autoridades sanitarias».

Añade que «la ubicación de los objetos personales, toallas, tumbonas y elementos similares se llevará a cabo de modo que se garantice un perímetro de seguridad de dos metros con respecto a otros usuarios, salvo en el caso de bañistas convivientes o que no superen el número máximo de personas previsto».

El BOE atribuye la regulación a los ayuntamientos, que «podrán establecer limitaciones tanto de acceso, que en todo caso será gratuito, como de aforo en las playas a fin de asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos metros entre bañistas».

«A efectos de garantizar su disfrute por el mayor número posible de personas en condiciones de seguridad sanitaria, podrán también establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas, así como en el acceso a los aparcamientos en aras a facilitar el control del aforo de las playas», añade el BOE.

Para calcular el aforo máximo permitido por cada playa, se considerará que la superficie a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados. Para dicho cálculo se descontará de la superficie útil de la playa, como mínimo, una franja de seis metros a contar desde la orilla en pleamar.

Se permite el uso de duchas y lavapiés al aire libre, aseos, vestuarios y otros servicios públicos similares. Su ocupación máxima será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, que podrán contar con su acompañante. Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los aseos.

El BOE establece que «los ayuntamientos asegurarán que se realiza una limpieza y desinfección de las instalaciones y bienes de las playas usando para ello sustancias que no resulten perjudiciales para el medioambiente». También las tumbonas de uso rotatorio deberán ser limpiadas y desinfectadas cuando se cambie de usuario.

Obliga a publicitar «con cartelería visible u otros medios las normas de higiene y prevención a observar y la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el covid-19».

Las actividades de hostelería y restauración que se realicen en las playas se regirán por lo establecido para el régimen general.

Centros educativos

Además de regular la estancia en las playas, el BOE de este sábado permite a las administraciones educativas «la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de la formación, correspondiéndoles asimismo la ejecución de dichas medidas».

Se podrán mantener «las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «on line», siempre que resulte posible y aunque no fuera ésta la modalidad prestacional educativa establecida como forma específica de enseñanza en los centros».

Los centros educativos y de formación deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes.

Autoescuelas, residencias...

Las autoescuelas o academias podrán reanudar su actividad presencial, siempre que no se supere un tercio de su aforo. También se les insta a priorizar las modalidades de formación a distancia y “on line”.

En el caso de las clases prácticas de conducción será obligatorio el uso de mascarillas «tanto por el profesor o profesora como por el alumno o alumna. Asimismo, se deberá limpiar y desinfectar el vehículo de prácticas antes y después de cada clase».

El BOE también permite «la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores, así como la realización de paseos por los residentes. Corresponderá a las comunidades autónomas establecer los requisitos y condiciones en las que se deben realizar dichas visitas y paseos».