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Condena al Gobierno aragonés por no proporcionar EPI, tras los antecedentes vascos

Es la primera que ocurre en el Estado español en esta pandemia. El Juzgado de lo Social de Teruel ha condenado al Gobierno de Aragón y al Servicio Aragonés de Salud por no proporcionar los quipos adecuados de protección individual (EPI) a los sanitarios del grupo de clasificación A en todos los centros sanitarios.

Los equipos de protección en los hospitales vascos no han llegado a todos los sanitarios. (Marisol RAMIREZ/FOKU)

Es la primera condena dictada en el Estado español por la desprotección de sanitarios, pero tiene reflejos y antecedentes en Euskal Herria, donde al comienzo de la pandemia sindicatos tuvieron que recurrir a los jugados para obligar a Osakidetza que dotara a todo su personal de medidas de protección. También ocurrió con Osakidetza y determinadas compañías del sector sanitario y de cuidados como Ambuibérica, donde ESK recurrió para que al personal se le dotara de los EPI.
 
También se puede citar el plazo de 48 horas que impuso el Juzgado de lo Social de Bilboa Aztertzen Servicios Asistenciales para proveer de EPIs a la plantilla y en la Residencia Sanitas de Barakaldo y Gurena Txurdinaga (Caser). Y la resolución que consiguió CCOO Euskadi en la que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco obligó a Osakidetza a hacer pruebas del covid-19 de manera «urgente e inmediata» a todo su personal. O la que dio la razón a Satse para que Osakidetza no obligrara más a su personal sanitario a reutilizar los equipos de protección individual (EPI) y mascarillas. 

Hoy se ha conocido que el Juzgado de lo Social de Teruel ha condenado al Gobierno de Aragón y al Servicio Aragonés de Salud y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales por no proporcionar los equipos adecuados de protección individual (EPIs) a los sanitarios del grupo de clasificación A en todos los centros sanitarios y socio-sanitarios, públicos o privados, de la provincia.

De este modo, la jueza, Elena Alcalde, en una sentencia dictada este miércoles, estima la demanda que presentó el sindicato de médicos Fasamet contra el Gobierno de Aragón y los dos organismos que de él dependen por no proporcionar los equipos adecuados para protegerse del riesgo de contagio por la covid-19, explican fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

En el fallo de la sentencia, la jueza condena a las administraciones demandadas a restablecer los «derechos vulnerados» y a proporcionar a todos los empleados públicos sanitarios del Grupo A de Teruel, en el momento que tenga disponibilidad, mascarillas FFP2 o FPP3; protección ocular anti-salpicaduras o protector facial completo; guantes; gorros; calzas específicas; hidrogel o hidroalcohol biocida, y contenedores de residuos, así como a reponer estos materiales cuando sea necesario, previa evaluación individual del riesgo.

En su razonamiento, incide en que la declaración del estado de alarma «no conlleva la suspensión de los derechos fundamentales« como la vida, la integridad física o la salud, «ni tampoco supone la suspensión de los derechos a la protección y prevención de riesgos laborales».

El Gobierno de Aragón ha anunciado que recurrirá este fallo.