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Para el 12J, por norma general, solo se podrá entregar el voto al cartero al recibir la documentación

La Junta Electoral Central ha establecido que, en las próximas elecciones del 12 de julio en la CAV y Galicia, se podrá votar por correo mediante la entrega del sobre con la papeleta en el domicilio en vez de la oficina de Correos. El borrador de instrucciones de Correos especifica que «el trabajador no accederá en ningún caso al interior del domicilio particular del destinatario/votante».

Medidas contra el coronavirus durante las elecciones municipales francesas. (Jeff PACHOUD / AFP)

En un acuerdo adoptado el 28 de mayo, la Junta Electoral Central admite la solicitud del voto por correo por internet y la entrega en los domicilios de toda la documentación para ejercer el sufragio, así como que el elector en ese momento entregue su voto al cartero a cambio del correspondiente justificante.

«No hay inconveniente en que, al amparo del artículo 73.3 de la LOREG, el personal de Correos, al hacer la entrega de la documentación electoral personalmente al elector, le pueda plantear la opción de que en ese momento -sin menoscabo del requisito del secreto del voto- el elector le entregue los sobres electorales, una vez cumplimentados por él mismo, a cambio de un justificante acreditativo del depósito de su voto, evitándole el tener que acudir posteriormente a una oficina de Correos», establece la Junta en su resolución.

Instrucciones de Correos

La dirección de Correos ha citado a las organizaciones sindicales a una reunión este miércoles en la que debatirán las instrucciones que regirán el voto por correo para las elecciones del 12 de julio, tanto en la CAV como en Galicia.

En ellas, se define cómo se procederá, por primera vez de forma generalizada para toda la población, a la recogida del voto en los domicilios de los electores, una actuación que solo se podrá realizar en el momento de entregar la documentación. Salvo en el ámbito rural, en que se mantiene la fórmula conocida como «al paso», ya que se consideran a los carteros como oficinas móviles de admisión.

El borrador de instrucciones, citado por Europa Press, recoge ya las demandas trasladadas la pasada semana en una reunión preparatoria de los representantes sindicales con la dirección. Este encuentro se realizó después de que la junta electoral central (JEC) acordase que los carteros podrán recoger los votos en los domicilios en una resolución del 28 de mayo.

A raíz de esta resolución, fruto de una consulta formulada por Correos y que coincidía también con las demandas de la Xunta, los representantes de los trabajadores incidieron en que no se debía entrar en los domicilios ni en las residencias de mayores.

La JEC consideró que no era preciso habilitar más medidas extraordinarias para la votación en relación a la pandemia por coronavirus al margen de facilitar que los electores voten desde sus domicilios.

En este escenario, la dirección de la empresa pública elaboró unas instrucciones, que ahora debatirá con los representantes sindicales. En ellas, según recoge el borrador al que ha accedido Europa Press, se incluye que el empleado de Correos «deberá plantear al elector, una vez realizada la entrega (de la documentación con las papeletas), que si así lo desea y en ese mismo momento, le entregue el sobre con el voto emitido».

«El empleado de Correos aclarará al elector que, si no desea entregar su voto en ese momento, deberá depositarlo en una oficina de Correos dentro del plazo establecido», añade, a continuación. Esto es, el elector tiene solo esa opción para evitar tener que desplazarse a la oficina de Correos a entregar el voto, un acto que, en todo caso, y una vez recibida la documentación de forma intransferible, puede realizar otra persona.

«No accederá en ningún caso al interior»

En estas instrucciones, Correos especifica que «el trabajador no accederá en ningún caso al interior del domicilio particular del destinatario/votante».

También apunta que el «repartidor extremará el celo y la diligencia para mantener en todo momento bajo su custodia los votos emitidos que hubiese recogido, hasta su entrega en la unidad de reparto».

Pero el voto rural se regirá por condiciones especiales y, en las propias instrucciones de Correos, se recuerda que el personal «habrá de recoger el sobre conteniendo el voto por correo tanto en el mismo instante de entrega de la documentación electoral, como en un momento posterior, siempre que se realice en horarios y puntos acostumbrados de paso».