El Tribunal Constitucional avala la Ley Mordaza casi en su totalidad
El Tribunal Constitucional ha avalado casi la totalidad de la Ley Mordaza, incluidas las devoluciones en caliente de migrantes. Solo declara inconstitucional el inciso sobre las grabaciones «no autorizadas» a las FSE.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha determinado que la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana de 2015, la llamada Ley Mordaza, es constitucional en todos sus puntos, incluido el la devolución en caliente de los migrantes que entren por Ceuta y Melilla, salvo en lo tocante a las grabaciones «no autorizadas» a las fuerzas policiales del Estado.
La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente del TC, Juan José González Rivas, desestima la mayoría de las impugnaciones del recurso de inconstitucionalidad presentado por 97 diputados del PSOE; 11 de Izquierda Plural y Chunta Aragonesista; 4 de UPyD y 2 del Grupo Mixto del Congreso.
De esta manera, el alto tribunal español da repuesta, cinco años después, a una de las normas más polémicas del Gobierno de Mariano Rajoy, que ha estado en el centro del debate político desde su aprobación en 2015 con varios intentos frustrados de derogación o modificación en las Cortes.
El tribunal avala los rechazos de migrantes en frontera por considerar que se ajusta a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, las sanciones por infracción grave en los disturbios de protestas frente a las Cámaras legislativas, así como los «registros corporales externos» o cacheos que implican el desnudo integral.
El TC solo ha declarado la inconstitucionalidad del inciso «no autorizado» del artículo 36.23 de la ley, que prevé como infracción grave el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de las autoridades o miembros de las FSE.