La Audiencia Nacional condena a cuatro años de prisión a Barbado y Zelaia
La Audiencia Nacional ha condenado a Galder Barbado y Aitor Zelaia a cuatro años de cárcel por un delito de «depósito de elementos para la confección de aparatos explosivos e incendiarios».
La Audiencia Nacional ha condenado a los alaveses Galder Barbado y Aitor Zelaia a cuatro años de prisión. Tras el juicio celebrado hace 10 días, el tribunal ha considerado probado «un delito de depósito de elementos para la confección de aparatos explosivos e incendiarios». La Fiscalía pedía ocho años de prisión para cada uno, mientras que las defensas reclamaron la absolución.
En la sentencia, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, presidida por la jueza Ángela Murillo, condena a ambos como autores de un delito de «depósito de armas y municiones» y de «depósito y tráfico de sustancias y aparatos explosivos y de sus componentes con finalidad terrorista».
El texto recoge las declaraciones de los dos jóvenes alaveses en la vista en las que manifestaron que se enmarcaban ideológicamente en la izquierda abertzale y mostraron su apuesta por las vías exclusivamente pacíficas.
Sin embargo, la Audiencia Nacional considera que «a pesar de esas manifestaciones, los hallazgos en el zulo en cuya ocultación participaron los acusados no responden a lo que preconizan dadas las características de los elementos detectados para la confección de explosivos empleados comúnmente en la violencia callejera».
El atestado de la Ertzaintza vinculó los materiales encontrados en un bidón en Durana con actos de sabotaje contra Kutxabank registrados en Abetxuko, Agurain e Igorre en 2014, pero durante el juicio el instructor reconoció no tener ninguna prueba de ello, más allá de la sospecha de los agentes. «Era una línea de investigación prometedora, pero luego no se sustentó», añadió.
De esta forma, la Audiencia Nacional considera que lo hallado en el zulo, en referencia a unas huellas en bolsas de plástico, es «suficiente» para atribuirles el contenido de los mismos, a pesar de que quien encontró el bidón aseguró, en un primer momento, que podía llevar allí 25 años. «No se ha dado una explicación que descarte la relación de ambos con el bidón y su contenido», apunta la Sala.
El instructor de la Ertzaintza también reconoció que no había ninguna evidencia de que el bidón hallado en Durana tuviera relación alguna con ETA ni «con otros grupos afines al MLNV y a la kale borroka» más allá de que «es un material típico» de estos grupos. «No digo que esto sea de un comando de ETA ni de la kale borroka», señaló posteriormente a preguntas de la defensa de los acusados.
La sentencia, asimismo, hace referencia a una mochila incautada a Zelaia en el registro de su domicilio. El agente de la Ertzaintza que redactó el atestado y declaró en el juicio la presentó como «una mochila de kale borroka» y la sala ha dado por buena esa declaración. Aquella bolsa contenía material que se empleó en un turno de seguridad del Hatortxu Rock de finales de 2018. Se trataba de bridas para atar las vallas, guantes, walkies para comunicarse, teléfonos móviles o cinta americana.
Zelaia explicó que se llevó ese material a Gasteiz desde Iruñerria para entregárselo a un responsable de Hatortxu que vive también en la capital alavesa. Este extremo fue corroborado por el responsable de organizar los turnos de Araba. La sentencia también hace alusión a que en el domicilio del joven alavés se encontraron baterías de una cámara de fotos y una camiseta con el lema «Etxera».
Según el agente de la Ertzaintza, sin embargo, el hecho de que aparezca todo este material de manera conjunta «hace sospechar que pueda ser un kit», sin aportar prueba alguna que acredite tal sospecha. La Audiencia Nacional ha aceptado esta tesis.
Las defensas de Barbado y Zelaia pueden recurrir la sentencia ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional.