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¿Hace falta pasaporte covid en txokos? ¿Y en terrazas? ¿Y en deporte escolar?

El Gobierno de Lakua ha hecho público un documento en el que recoge preguntas y respuestas sobre el uso del pasaporte covid en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, una vez que se han ampliado los espacios en los que se exige su presentación para poder acceder.

El pasaporte covid es obligatorio para poder acceder a determinados lugares. (Idoia ZABALETA/FOKU)

Estas son algunas de las preguntas y respuestas sobre la ampliación de espacios en los que se exige presentar el pasaporte covid en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, tal y como han sido redactadas por el Gobierno de Lakua.

¿Qué es el certificado Covid Digital UE?

El Certificado Covid Digital UE o pasaporte covid es un documento con lectura QR, que facilita la libre circulación segura de la ciudadanía dentro de la Unión Europea durante la pandemia.

Además, desde el 4 de diciembre, también se ha habilitado en la CAV a exigir el Certificado Covid Digital como pase obligatorio en establecimientos ligados al ocio nocturno y a la restauración.

¿Qué tipo de certificados hay?

Hay tres tipos de certificados y están dirigidos a tres tipos de personas:

Certificado de vacunación: Para personas vacunadas con una o dos dosis.

Certificado de recuperación: Para quienes hayan pasado la enfermedad desde 11 a 180 días después de haber tenido PCR positiva.

Certificado de prueba negativa: Para personas con prueba diagnóstica negativa 48 horas antes en prueba de antígenos y 72 horas en prueba de PCR.

¿Cómo se puede obtener el certificado?

Se puede obtener de dos formas diferentes: digital o presencial. Al respecto, en este enlace se ofrece información detallada.

¿Qué período de validez tienen estos certificados?

Certificado de vacunación: Durante un año desde la fecha de la última dosis.

Certificado de recuperación: Válido durante 6 meses.

Certificado de prueba diagnóstica negativa: Con test de antígenos (TAR): 48 horas y con PCR: 72 horas.

¿Dónde se va a exigir el Certificado Covid en la CAV?

En establecimientos destinados a ofrecer al público actividades de esparcimiento y baile como salas de conciertos, salas multiusos discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculo, bares musicales y karaokes.

En establecimientos de hostelería y restauración, incluidos salones de banquetes cuando se realicen actividades con posibilidad de baile, independientemente del número de asistentes.

En polideportivos, gimnasios y otros espacios interiores donde se practica actividad física y/o deportiva, tanto para deportistas como acompañantes y público.

En instalaciones deportivas cerradas, tales como estadios, frontones o similares, cuando se celebren competiciones con un sistema de control de acceso (tiques, abonos, invitación y similares) y una asistencia superior a 100 personas.

Y en centros hospitalarios y centros sociosanitarios así como centros penitenciarios: personas que visitan a pacientes ingresados o residentes.

¿Quién deberá exigir el certificado?

Los titulares de los establecimientos bien directamente, bien a través de sus personas empleadas. También podrán exigir los agentes de la autoridad.

¿Cómo y cuándo se debe mostrar el certificado?

Cuando se acceda al establecimiento, como en cualquier momento en que permanezcan dentro del mismo y les sea requerido por los titulares del establecimiento, sus personas empleadas o los agentes de la autoridad (Ertzaintza o Policía Local).

¿Cómo se presenta por parte de la ciudadanía?

La forma de presentarlo puede ser en un documento digital en formato PDF con un código QR ubicado en un terminal móvil u otro dispositivo o en papel si fuera necesario.

¿Es necesario presentar el DNI o documento oficial acreditativo de identificación junto con el certificado Covid?

Sí.

¿También en las terrazas o espacios abiertos de la hostelería?

No, ya que la exigencia se limita a los lugares cerrados.

¿Los proveedores de establecimientos de hostelería deben aportar el certificado o se consideran personal trabajador?

No, los proveedores que acudan a un establecimiento de hostelería en el ejercicio de su labor, no deberán presentar el certificado Covid para realizarlo.

En el caso de negocios combinados como las panaderías cafeterías, ¿se debe solicitar el Certificado Covid?

El Certificado Covid se exigirá si se va a consumir en el establecimiento, no en el caso de comprar algún producto o de pedir comida o bebida para llevar.

¿Se deberá pedir el Certificado Covid en centros comerciales?

La normativa actual no lo contempla.

En los centros comerciales con zonas de hostelería comunes, ¿quién debe pedir el Certificado Covid?

El certificado será requerido por cada establecimiento en el que se consuma, independientemente de que las zonas de degustación sean comunes. Será el establecimiento hostelero el que lo solicite en las condiciones del resto de locales de hostelería.

En el caso de los txokos y sociedades gastronómicas, así como en los comedores laborales ¿será necesario presentar el Certificado Covid?

No lo contempla el Decreto, por lo tanto, no es exigible.

¿También se debe solicitar el Certificado Covid en locales de juego (tales como casinos, bingos y salones de juego)?

Sí.

¿En los cines, museos o teatros también se deberá exigir?

Sí. Los cines, teatros y museos son espacios cerrados donde se realizan acontecimientos culturales y por lo tanto, sí se deberá exigir. Esto incluye también los teatros de la Red, por ejemplo, una sesión de bertsos, un concierto o un teatro para niños/as o personas adultas.

¿Será necesario el Certificado Covid en las iglesias o lugares de culto?

No será necesario en iglesias, ni en lugares de culto, cuando estén en práctica religiosa. Si en esos lugares cerrados se realiza cualquiera de las actividades establecidas en la normativa, sí.

¿Será necesario el Certificado Covid en centros cívicos o bibliotecas?

Sí, en la medida en que son espacios culturales. No habrá que pedirlo a quienes vayan a las bibliotecas a coger un libro, ni a quienes tengan la propia biblioteca como ámbito de trabajo (por ejemplo, personal investigador).

¿Para entrenar con el equipo en deporte escolar se necesita el Certificado Covid?

Si el entrenamiento se realiza en un espacio cerrado por persona mayor de 12 años, sí.

¿En quién recae la sanción por el incumplimiento de la normativa?

Será responsable el/la titular/a del establecimiento, evento, actividad o lugar, salvo que habiendo requerido su exhibición, y ante la no atención al indicado requerimiento por parte de la persona, la misma es identificada por agentes de la autoridad cuya presencia ha sido requerida por el responsable.