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El TSJN autoriza cerrar bares a la 1.00, clausurar barras y extender el uso del pasaporte covid

El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa estima la solicitud del Gobierno y autoriza el cierre de bares y discotecas a la 1.00 de la madrugada con imposibilidad de consumir en barra, así como la extensión del certificado covid a residencias, hoteles o gimnasios.

El certificado covid ya está en marcha tanto en Nafarroa como en el resto de Euskal Herria. (Idoia ZABALETA/FOKU)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) ha estimado la solicitud del Gobierno de Chivite y ha autorizado el cierre de los bares y discotecas a la 01.00 de la madrugada, así como la extensión del certificado covid a residencias, hoteles o gimnasios.

En el auto, el TSJN sostiene que, a la vista de los informes aportados por el Ejecutivo navarro, las medidas acordadas son «necesarias y proporcionadas para intentar atajar los contagios», ha confirmado en una nota.

La nueva Orden Foral 63/2021 de la consejera de Salud, por la que se establecen medidas sanitarias preventivas específicas de carácter extraordinario, fue enviada este lunes al Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) y, entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON), prevista para este miércoles, estando vigente hasta el 14 de enero (incluido).

La orden establece además la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de 10 personas y la regulación de eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo, así como actividades navideñas.

En esta orden foral se incluye la petición del certificado covid para acceder a las residencias y centros sociosanitarios, medida ya contenida en la orden foral aprobada la semana pasada por la consejera de Derechos Sociales y que el TSJN no avaló por falta de competencia, ya que la solicitud debió ser dictada por la consejera de Salud.

Este pasaporte se va a requerir para el acceso de las personas de más de 12 años a los locales y establecimientos con licencia de discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos y eventos multitudinarios en el interior (excepto los eventos deportivos que tengan la regulación del documento de actuaciones coordinadas del ministerio de sanidad).

También en bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, restaurantes (excluidos comedores de universidades y comedores de empresa), alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares, gimnasios, e instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, con excepción de los entrenamientos deportivos de competiciones organizadas.