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El TAN señala la responsabilidad penal de Maya y su equipo por negar información, dice EH Bildu

El Tribunal Administrativo de Nafarroa apunta a la responsabilidad penal de Enrique Maya y el equipo de gobierno de Navarra Suma en el Ayuntamiento de Iruñea por negarse reiteradamente a entregar la información solicitadas por los concejales, ha revelado EH Bildu.

Enrique Maya, junto a Ana Elizalde, en el último Pleno del Ayuntamiento de Iruñea. (Iñigo URIZ | FOKU)

El Tribunal Administrativo de Nafarroa (TAN) señala en una resolución sobre el Ayuntamiento de Iruñea que «la negativa como la grave demora en la entrega de la documentación solicitada por un concejal para llevar a cabo sus funciones, contrae una grave responsabilidad al atentar contra el derecho fundamental recogido por el artículo 23.1 de la Constitución», según ha dado a conocer EH Bildu.

«Con esta frase tan contundente el Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) advierte al equipo de gobierno del Ayuntamiento de Pamplona respecto a la práctica de negar o no entregar en plazo la documentación solicitada por ediles de la oposición. Esta práctica reiterada, como reflejan hasta nueve resoluciones en la misma línea dictadas en el presente mandato por el TAN, apunta directamente a que el equipo de Maya está vulnerando el derecho de participación de la Ciudadanía», constata la formación soberanista.

«Que un tribunal diga que quien gobierna el Ayuntamiento de Iruñea está vulnerando un derecho fundamental de la ciudadanía es algo muy grave que, para nosotras y nosotros, marca un antes y un después», considera EH Bildu.

Esta resolución hace referencia a la información solicitada por el concejal abertzale Borja Izagirre sobre la pasarela de Labrit. La reclamó el 19 de enero de 2021 y, según el TAN, se le debería haber facilitado en un plazo de cinco días hábiles. Sin embargo, no se le entregó hasta el 15 de junio «sin que el Ayuntamiento justificara de modo alguno esta demora».

El TAN añade que, debido a este injustificado retraso, «negó por la vía de hecho» el derecho fundamental del concejal y de la ciudadanía a la que representa, siendo este comportamiento «contrario a derecho».

El Tribunal Administrativo llega a concluir que «estas negativas y graves obstrucciones a la función de los concejales dan lugar a la comisión de este delito contra los derechos cívicos», refiriéndose, de nuevo y citando sentencias del Tribunal Supremo español a que «se conculca el derecho de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos», según explica EH Bildu. Estos «abusos deben ser duramente criticados, pues quiebran los más elementales fundamentos de nuestro sistema democrático».

Según EH Bildu, esta resolución llega a apuntar dónde estarían esas responsabilidades penales. «El artículo 542 del Código Penal indica que incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un tiempo de uno a cuatro años de autoridad o el funcionario público que, a sabiendas, impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes».