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La Fiscalía pide al Supremo que mantenga las condenas por el «caso Osasuna»

La sentencia establecía que los dirigentes del Osasuna pagaron 650.000 euros a los jugadores del Betis para «incentivar su victoria ante el Valladolid en la jornada 37 de la temporada 2013/2014» y para que se dejasen «ganar en el partido que les enfrentó contra Osasuna en la jornada 38».

El exgerente de Osasuna Ángel Vizcay acude a los juzgados en una imagen de archivo de 2015. (Iñigo URIZ | FOKU)

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que mantenga las penas a los condenados por el denominado 'caso Osasuna' al considerar probado que miembros de la Junta Directiva del Club Atlético Osasuna acordaron primar a los exjugadores del Betis Antonio Amaya y Xabi Torres para «alterar los resultados de la competición deportiva».

La fiscal Paloma Abad ha incidido en que en 2010 se introdujo el artículo 286 bis cuarto en el Código Penal para «valorar» y «proteger la limpieza y los valores que el deporte transmite» y ha subrayado que la sentencia fue la primera en el Estado español que condenó por el delito de corrupción deportiva.

«Aquí los hechos a los que se refiere la sentencia son los correspondiente al pago de primas a terceros. No es un asunto de amaños de resultados que puedan perjudicar a las apuestas. No se trata de primas a sus propios titulares. Estamos hablando de primar a un tercero; es decir, de intervenir en el normal funcionamiento del resto de los equipos con una finalidad», ha dicho.

El Ministerio Público se ha pronunciado en el marco de la vista que se ha celebrado este miércoles en el Supremo para escuchar los recursos de ocho de los nueve condenados contra la sentencia de la Audiencia de Nafarroa.

La sentencia establecía que los dirigentes de Osasuna pagaron «un total de 650.000 euros» a los jugadores del Betis para «incentivar su victoria ante el Real Valladolid en la jornada 37 de la temporada 2013/2014» y para que se dejasen «ganar en el partido que les enfrentó contra Osasuna en la jornada 38».

Las acusaciones ejercidas por el Club Atlético Osasuna y la Liga Nacional de Fútbol Profesional han coincido con el criterio de la Fiscalía y han pedido al Supremo que mantenga las condenas.

Vizcay asegura que no hubo apropiación indebida

La defensa del exgerente del Club Atlético Osasuna Angel Vizcay, por su parte, ha pedido al Tribunal Supremo que le absuelva de la pena de 8 años y 8 meses de prisión a la que fue condenado al considerar que se ha vulnerado su derecho a una tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia con la sentencia de la Audiencia de Nafarroa. «No puede ser condenado por apropiación indebida quien no se ha apropiado de nada», ha sido uno de los argumentos de su letrado.

El abogado de Vizcay y los de otros siete de los nueve condenados por el 'caso Osasuna' han acudido este miércoles ante el Tribunal Supremo para plantear sus recursos contra la sentencia de la Audiencia de Nafarroa que consideró probado que miembros de la Junta Directiva de Osasuna acordaron primar a los exjugadores del Betis Antonio Amaya y Xabi Torres con el fin de «alterar los resultados de la competición deportiva»

En la vista pública, presidida por el magistrado Julián Sánchez Melgar, las defensas se han pronunciado en contra de la sentencia que dictó penas que oscilaron entre los 8 años y 8 meses de prisión y el año de cárcel por delitos de apropiación indebida, falsedad en documento mercantil, falsedad contable y corrupción deportiva.

Cabe recordar que la resolución de la Audiencia de Nafarroa que este miércoles revisa el Supremo fue la primera en el Estado español que condenó por el delito de corrupción deportiva.

Aseguran que no hubo apropiación indebida

Al inicio de la vista, la defensa de Angel Vizcay ha asegurado que con la condena del 'caso Osasuna' se ha vulnerado una serie de derechos fundamentales de su cliente, incluidos el derecho a la tutela judicial efectiva y el de presunción de inocencia.

La Audiencia de Nafarroa impuso la condena más grave a Vizcay: 8 años y 8 meses de prisión: 4 años y 3 meses por apropiación indebida; 2 años y 9 meses por dos delitos de falsedad en documento mercantil en concurso ideal con un delito de falsedad contable; y 5 meses por corrupción deportiva.

El letrado ha defendido que la motivación de la sentencia «no está fundada debidamente» y que, además, es «arbitraria y errónea en la valoración de la prueba». A su juicio, «no existe un delito continuado de apropiación indebida en cuanto a las pruebas» que recoge la resolución. Sobre este extremo, ha incidido en que «no puede ser condenado por apropiación indebida quien no se ha apropiado de nada».

Asimismo, el abogado ha denunciado que «no hay una prueba suficiente de cargo» para vulnerar el derecho a la presunción de inocencia de Vizcay ni pruebas de que participara en el delito de falsedad documental que se le atribuye.

La defensa ha insistido en que el exgerente de Osasuna debe ser absuelto porque «por encima» de él había «un directo general y una junta directiva». «El señor Vizcay era un instrumento ciego a las órdenes de sus superiores», ha dicho.

Además, ha puntualizado que «si todo lo que se ha hecho ha sido en beneficio del propio Osasuna y no ha habido enriquecimiento, Osasuna no debe ser indemnizado», como, a su juicio, tampoco debe serlo el entonces presidente del club Miguel Angel Archanco.

Elección 'ad hoc' del tribunal

Durante su turno de palabra, la letrada a cargo de la defensa de Archanco ha alegado también una vulneración del derecho de su cliente a tener un proceso con todas las garantías.

El expresidente del club fue condenado a 6 años y 8 meses de prisión: 3 años y 8 meses por un delito continuado de apropiación indebida; a 2 años por un delito de falsedad en documento mercantil en concurso ideal con un delito de falsedad contable; y a 1 año de prisión por un delito de corrupción deportiva.

Su defensa ha asegurado que fue juzgado por un tribunal «elegido 'ad hoc'» que se constituyó de forma «opaca», por lo que, a su juicio, «no goza de la imparcialidad y la independencia que debía tener».

Además, la abogada ha manifestado que se produjo una vulneración de derechos al haberse permitido que la liga de fútbol interviniese en el proceso como acusación particular.

«No estaba legitimado», ha dicho, al tiempo que ha defendido que en caso de aceptarse su participación en el procedimiento debía haberse hecho bajo la figura de la acusación popular. «No es ni ofendido ni perjudicado por el delito de apropiación indebida, ni por la falsificación mercantil ni por corrupción deportiva», ha añadido.

La defensa ha insistido también en que la prueba por la que se ha condenado a Archanco ha sido «insuficiente e indebidamente razonada».