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Un juez desestima el recurso de Glovo y señala que existe relación laboral con los repartidores

El titular del Juzgado de lo Social número 1 de Nafarroa ha desestimado el recurso de suplicación de Glovo, advirtiendo de que existe relación laboral entre la empresa y los empleados.

Rider de Glovo en un reparto en Iruñea. (Eduardo SANZ/EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Social número 1 de Nafarroa ha desestimado el recurso de suplicación de Glovo a la sentencia dictada pasado mes de noviembre de 2022, que, tras una denuncia de la Seguridad Social, decretó que existía relación laboral entre 207 trabajadores y trabajadoras y la propia empresa.

Los profesionales trabajaron para la misma en el periodo comprendido entre octubre de 2018 y agosto de 2019, según ha informado el sindicato CCOO en una nota.

La juez asevera que Glovo no es una mera intermediaria entre los y las clientes y las y los trabajadores para su prestación de servicios autónomos desde la gestión y coordinación algorítmica de su APP, sino que esa supuesta autonomía que defendía no era tal debido a que la selección de días, horas, aceptación o no de pedidos, tarifas e independencia del control del trabajo no es real.

Se acredita por tanto que la selección de días y horas semanales de reparto por parte de los trabajadores era controlada mediante un mecanismo de excelencia controlado por la empresa, y por tanto es la empresa la que fijaba el precio de cada pedido y las condiciones del pago del mismo, la que determinaba las condiciones de trabajo, entre otros.