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El juez no descarta el «ánimo homicida» en la causa de Tsunami para evitar la Ley de Amnistía

La Audiencia Nacional trata de evitar la futura posible aplicación de la Ley de Amnistía en la causa contra Trunami Democràtic alegando que «no se puede descartar el ánimo homicida» contra dos agentes que habrían resultado heridos y que están personados en la causa.

Protesta convocada por Tsunami Democràtic en el aeropuerto del Prat tras la sentencia del Tribunal Supremo español por el procés. (Marc GONZÁLEZ | AFP7 | EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón sostiene que «no se puede descartar el ánimo homicida» en las lesiones que sufrió un policía en una protesta de los CDR en Barcelona contra la sentencia del procés, una manifestación que él vincula con Tsunami Democràtic. Con ello, trataría de evitar una posible aplicación de la futura Ley de Amnistía.

El juez, que ve «indicios de terrorismo» contra el expresident catalán Carles Puigdemont en el caso Tsunami, ha hecho ese planteamiento en un auto dictado apenas dos días después de la enmienda pactada por PSOE, ERC y Junts a la ley para incluir los delitos de «terrorismo» siempre y cuando «no hubieran causado violaciones graves de derechos humanos de forma manifiesta y con intención directa».

El magistrado de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de una de las investigadas en esa causa contra la personación en el procedimiento de dos agentes de Policía que habrían resultado heridos en las cargas policiales del 18 de octubre de 2019 en la plaza de Urquinaona y Vía Laietana de Barcelona.

El juez subraya «la gravedad de las lesiones» sufridas por los agentes de Policía que, en el caso de uno de ellos, se produjeron por un fuerte golpe en la parte superior del casco reglamentario causado por un objeto contundente. «El resultado de esta acción fueron unas lesiones muy graves, un resultado lesivo que la instrucción debe indagar si resulta objetivamente imputable a la acción de Tsunami Democràtic y sus organizadores», señala el juez.

El auto responde al recurso de una de las investigadas -al que se adhirió el fiscal- que exponía que esos actos no eran imputables a Tsunami sino a los CDR, por lo que no se podían vincular a la causa en la que se personaron los agentes.

Pero el juez desecha ese argumento porque Tsunami no fue «un invitado de piedra» a las movilizaciones.