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Estrasburgo analiza la desaparición de pruebas en una violación en Iruñea

La Justicia en Nafarroa se enfrenta a uno de los mayores escándalos que ha conocido. Después de negarse a juzgar a dos sospechosos de violación tras una instrucción en la que desaparecieron pruebas, Estrasburgo admite una demanda de las víctimas porque su denuncia no se investigó con garantías.

Manifestación en Iruñea contra la sentencia de La Manada en 2018. (Iñigo URIZ | FOKU)

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) ha iniciado una investigación sin precedentes tras las irregularidades permitidas por la Policía española, la Fiscalía y la Audiencia Navarra a raíz de una denuncia por una doble violación en Iruñea en 2016. Los presuntos agresores jamás llegaron a ser juzgados después de distintas anomalías en la investigación, que incluyen eliminación de pruebas en sede policial ante la permisividad de todo el sistema judicial navarro.

En una resolución que se adoptó en tiempo récord –lo usual hubieran sido dos años o dos años y medio y se tomó en cuatro meses– el TEDH admitió a trámite la demanda de las víctimas y planteó cuatro preguntas al Estado español para verificar los hechos que le relatan son ciertos, abriendo a su vez un plazo para intentar alcanzar un acuerdo económico que compense a las jóvenes por no haber investigado eficazmente su denuncia. El Estado español tiene hasta que finalice este mes de mayo para responder.

La oportunidad de un juicio justo más de seis años después de que sucedieran los hechos y con las pruebas principales destruidas, ya no es una posibilidad real, según adelanta letrado de las víctimas, José Lus Beaumont.

Y esto significa que, más allá del escándalo y el descrédito para la Audiencia de Navarra que conlleva la apertura de un proceso así, los dos presuntos violadores quedarán libres sin remedio.

Independientemente del descrédito para la Audiencia, los dos presuntos violadores han quedado libres

Los acontecimientos que han hecho saltar las alarmas de Estrasburgo se dieron dentro de una maraña judicial de piezas separadas, recursos y un sinfín de trabas. Pero los hechos de los que ha tenido conocimiento Estrasburgo son, en resumen, los siguientes:

Dos jóvenes que habían salido juntas una noche por Alde Zaharra se despiertan en un piso desconocido. Una en la habitación y otra, en el salón. Lo último que recuerdan es que estaban en un bar de San Nicolás. En ese piso están también dos varones que habían conocido esa misma noche, quienes llaman a un taxi y abandonan la vivienda.

Ambas tienen marcas en el cuerpo por haber mantenido relaciones sexuales de naturaleza violenta, así como moratones. Una de ellas acude a un centro de salud a causa de los dolores y los facultativos detectan lesiones que cuadran con sexo no consentido.

Hablan entre ellas y se cuentan la una a la otra que no son conscientes de haber accedido a tener relaciones sexuales. No recuerdan nada a partir de cierto momento de la noche. Concluyen que fueron sometidas a «algún tipo de sustancia tipo burundanga». Deciden denunciar.  

La Policía española da inicio a su investigación. Y pronto aparecen las primeras anomalías. En el momento en que los agentes acuden a detener a los sospechosos, uno de ellos no parece sorprenderse.

Un descubrimiento fortuito de una agente de la UFAM (Unidad de Familia y Mujer de la Policía española) revela que otro compañero de la UFAM era cuñado del detenido que no se sorprendió. Tirando del hilo, detectan en esos días búsquedas en la base de datos policial Argos por parte de este policía para ver si había alguna denuncia contra su cuñado.

A las víctimas nunca se les informa de la conexión parental del agente ni de las búsquedas en Argos. Y, cuando las denunciantes logran enterarse por pura suerte, se les niega la condición de interesados en esa investigación paralela.

Una fiscal ausente y los móviles

A pesar de que los dos sospechosos fueron detenidos acusados de violación por dos personas, la fiscal encargada del caso no estuvo presente en el momento de su declaración ante el juez y sus víctimas no tenían aún abogado. Por esto y dado que la juez no puede imponer medidas cautelares si nadie lo demanda, los dos arrestados quedaron libres nada más declarar.

El móvil del cuñado del policía se encendió en Comisaría justo antes de ser enviado a Madrid para su análisis

Lo que sí hizo la Policía fue requisarles los móviles para su análisis. Los agentes, como es habitual, apagaron los móviles cuando se los entregaron para que no sufrieran manipulaciones y así poder enviarlos a Madrid a la unidad especializada para que extrajera de ahí toda la información de los dispositivos.

Cuando esta información se entrega a las denunciantes, su abogado detecta una anomalía. Uno de los dos informes «de miles y miles de folios» traía una portada indicando la unidad responsable del análisis de datos, pero el otro no. La razón se supo después: había desaparecido el segundo de los análisis realizados, que correspondía al del cuñado del policía.

Ante semejante irregularidad, la juez instructora reaccionó camuflando esta desaparición, dictando una orden verbal para repetir el análisis mediante una segunda extracción de datos en Iruñea, no quedando, en consecuencia, rastro en el sumario en ese momento.

El presidente del TSJN, Joaquín Galve, y el fiscal jefe durante la instrucción, José Antonio Sánchez. (Jagoba MANTEROLA/FOKU)

Beaumont cita, además, un segundo elemento extraño. El móvil del cuñado del policía, que se apagó al ser requisado, se encendió después mientras permanecía aún en la Comisaría de la Policía Nacional de Iruñea. Según indica, apenas una hora antes de ser enviado a Madrid, se borraron archivos.

Entre lo que sí se pudo recuperar de estos móviles, se incluyen mensajes de whatsapp que recuerdan a los de grupo La Manada, que incluyen referencias a sexo violento y a golpear a la persona con la que se mantienen relaciones.

La Policía no entregó todos los vídeos de esa noche en el bar. Las copias completas habían desaparecido

 

Imágenes en el bar

La otra línea de investigación era verificar las cámaras de seguridad aquella noche en el bar de San Nicolás, pues al menos tenían la suerte de que parte de lo que ahí se vio fue grabado, apreciándose el momento en que las jóvenes estaban perdiendo la consciencia de sus actos.

«En el momento en que se manda el informe del visionado, aparentemente este es muy completo –recuerda el abogado–. Pero, al revisar la copia de las imágenes, pudimos comprobar que en las imágenes que nos pasaron a nosotros, algunos fotogramas que sí aparecían en ese informe habían desaparecido».

Cuando las jóvenes reclamaron las imágenes en bruto de las cámaras del bar, estas habían desparecido otra vez de la comisaría. Al igual que sucedía con los datos del móvil, los datos estaban grabados soportes informáticos (discos duros, etc.) pero todas las copias se habían perdido.

«Estamos hablando de delitos de destrucción de pruebas judicialmente acordadas y custodiadas en sede policial. Son delitos, por tanto, contra la Administración de Justicia, delitos que ni siquiera deberíamos perseguir nosotros como denunciantes», remarca el abogado que ha hecho que Estrasburgo pida explicaciones al Estado por lo sucedido.

«Si a algo obliga el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal es a proteger a las víctimas y a perseguir delitos», insiste Beaumont.

Con la juez instructora y la fiscal lavándose las manos, fue la acusación ejercida por las jóvenes la que, años después, en 2020, llegó a sentar ante el juzgado al policía cuñado del sospechoso.

La sentencia dictaminó que, efectivamente, aquellas pruebas se destruyeron, pero que «un único indicio» no bastaba para incriminarle a él en concreto. Por ello, el agente quedó libre y la destrucción de pruebas, impune.

Beaumont es muy crítico con esta sentencia, puesto que no formularon un único indicio, sino veinte (entre ellos, que el día que desaparecen pruebas solo estaban el cuñado y dos policías más trabajando, que desde las primeras pesquisas el acusado ya pudo deducir que su pariente era uno de los sospechosos porque el piso donde se despertaron las jóvenes era el suyo, o las búsquedas en la base de datos Argos antes citadas). Pero la sentencia no los recogió. Esta omisión de indicios impidió ­–a juicio de Beaumont– que los recursos de la acusación prosperaran.

Dos años tarde y sin juicio

Aunque la destrucción de pruebas sea lo más llamativo, existieron otros elementos igual de graves, que revelan un preocupante nivel de inoperancia de la Justicia en Nafarroa. Y es que, a pesar de tratarse de un caso de violación fundamentado en dos testimonios y de que los sospechosos estaban la calle, la juez instructora tardó dos años en adoptar una diligencia tan básica como tomar declaración a las jóvenes para que le relataran los hechos.

La conclusión a la que llegó la jueza tras escuchar a las jóvenes constituye hoy –según Beaumont– uno de los elementos fundamentales para que la denuncia haya sido atendida por el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Porque lo que sucedió es que la jueza las creyó. Las víctimas dieron un relato coherente y la juez sostiene que la violación tuvo lugar, y que se empleó alguna sustancia inhibidora de la voluntad para someterlas.

«Se trata del primer caso de una violación con sumisión química que llega al Tribunal de Derechos Humanos», asegura Beaumont

«Que la jueza las crea es algo que, para mí, ha sido clave para el TEDH. De cara a los jueces de Estrasburgo ya es un hecho probado, porque esta jueza lo dijo. Y eso lo convierte en el primer caso de una violación con sumisión química que llega al Tribunal de Derechos Humanos».

Como último elemento esencial está la no celebración de un juicio. Beaumont, en su denuncia, indica que en el Estado español es habitual que se llegue a juicio en un caso de violación con el testimonio de la víctima como único elemento probatorio. Existen condenas basadas solamente en el testimonio, siempre que revista una serie de características, como la coherencia, la persistencia y la no contradicción.

En este caso concreto, la acusación pidió ir a juicio contra los sospechosos, pero se consideró que no había elementos suficientes para ir a una vista oral. Beaumont sostiene que a Estrasburgo le resulta incomprensible que, estando asentada la práctica de juicios sin otro elemento que el testimonio de la agredida, en este caso el juicio nunca se celebrara. «Ha habido un desamparo absoluto de las víctimas», concluye el abogado.

Ahora está por ver si el Estado llega a un acuerdo de indemnización económica por el mal funcionamiento de la justicia en Nafarroa o el pleito continúa en Estrasburgo. En junio se sabrá.