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Desestiman el recurso de Nervacero contra la indemnización a un fallecido por amianto

CCOO ha tildado de «inhumana» la actuación de la empresa Nervacero al recurrir hasta el TSJPV la indemnización de 160.000 euros a la familia de un fallecido por amianto. Estos recursos han sido rechazados.

Planta de Nervacero en Portugalete. (NAIZ)

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso presentado por Nervacero contra la condena a indemnizar con más de 160.000 euros a la familia de una trabajador fallecido por un cáncer pulmonar derivado del amianto inhalado durante su vida profesional.

En un comunicado, CCOO ha informado de que Nervacero había solicitado al TSJPV la revisión del relato de hechos con la pretensión de que la demanda en su contra se ampliara a Sefanitro y Sánchez Pardo, empresas en las que también había trabajado el fallecido.

El TSJPV ha desestimado el recurso por prescripción, ya que la demanda contra estas dos sociedades citadas se presentó una vez rebasado el plazo legal.

Para CCOO, la actuación de Nervacero en este caso ha resultado «inhumana» ya que además de «causar el daño tras incumplir las medidas de seguridad, ha multiplicado el dolor de las víctimas con sus recursos judiciales».

El trabajador, fallecido en 2020, fue empleado de Nervacero entre 1978 y 1989. En un principio se dedicaba a alimentar el horno de la fundición y cortaba placas de amianto para cubrir las piqueras y evitar que escapase el acero.

Más adelante pasó a la sección de refractarios, montando y desmontando las artesas, cucharas y hornos, donde se generaba cantidad de polvo, para lo que le dotaron como protección de botas, guantes y mascarillas de papel, y en algunas ocasiones le proporcionaban leche o zumos.

Cuando trabajaban sobre zonas muy calientes, ponían planchas de amianto para evitar quemarse los pies con las altas temperaturas, según ha relatado CCOO en la nota.