Estamos a otra
La multitudinaria manifestación del 17 de abril en las calles de Bilbo, nos dejó varias conclusiones y algún movimiento por parte de quienes quieren gestionar el espacio de las presas y presos en clave de rédito político interesado. Sobre las conclusiones, podríamos destacar tres: primera, sin prácticamente medios las personas ex presas demostramos que haciendo trabajo de calle es posible llevar a cabo una acción movilizadora de envergadura; segunda, hemos realizado una labor ideológica dando a conocer las aportaciones del EPPK en clave de resolución y convivencia; tercera, la izquierda abertzale llenó las calles de Bilbo ofreciendo cobertura política a las decisiones del Colectivo, y cariño a sus familiares.
En cuanto a los movimientos, podemos destacar dos principalmente: primero, la socialización de las decisiones del Colectivo expuestas en el documento de diciembre de 2013 (derogación de las leyes de excepción, utilizar la legalidad) ha traído unas respuestas con cierto aire de incomodidad por parte del PNV; segundo, la Secretaría General para la Paz y la Convivencia del Gobierno Vasco ha hecho su particular aportación enviando a las presas y presos un documento informativo sobre beneficios penitenciarios legales.
En cuanto a la primera cuestión, las declaraciones de algunos miembros del PNV, se pueden entender como una forma de autoafirmación en un camino que, entendemos, no nos va a llevar al modelo de reconciliación y normalidad que este pueblo necesita. Pensamos, que el marco en el que están situadas todas estas cuestiones rezuma intereses partidistas y se aleja de lo que creemos que este pueblo necesita. Por definirlo de alguna manera diríamos que es un marco ideológico de parte.
Cuando hablamos de marco ideológico de parte no pretendemos eludir responsabilidades. Cuando el marco adecuado se establezca estaremos a la altura de la circunstancias. ¡Que a nadie le quepa la menor duda! Sabremos hablarle a nuestro pueblo como lo hacen los revolucionarios, con rectitud de conciencia, y, también, con la mano en el corazón. Pero en estos momentos existe un gran problema para que podamos expresarnos en estos términos. En el marco existente no podemos explicar cuales han sido y, algunos todavía siguen siendo, nuestros miedos, nuestras angustias, nuestros problemas, nuestras opciones… En este terreno tenemos limitado, ¡muy limitado! el derecho de expresión. Escuchar es muy importante, y estamos dispuestos a hacerlo, pero también nos gustaría que nos escuchasen
Nos cuesta entender, y nos duele, que un partido como el PNV, con todo el peso que tiene, con su experiencia en política, y su demostrada capacidad para llegar a acuerdos con otros, se comporte de la manera que lo hace con la izquierda abertzale, en una cuestión tan importante para este pueblo como es la resolución de las consecuencias del conflicto. Decía Churchill, que cuando se negocia, hay que tener en cuenta que no se le puede pedir al adversario lo que no puede dar; a no ser que no se desee el acuerdo. Lo que se nos está pidiendo es el suicidio político; entregar la cabeza política de la izquierda abertzale en una bandeja de plata. Intentaremos no caer en ese nihilismo político al que nos quieren abocar.
Esta posición que defendemos no es una posición intransigente. Somos conscientes que se deben de dar pasos, mostrar actitudes constructivas y realizar declaraciones comprometidas, que nos acerquen al objetivo deseado de normalidad y reconciliación. Pero no lo podemos hacer desde el marco oficial que se nos ofrece, porque es un marco que está diseñado para declarar vencedores y vencidos. Por lo tanto nos toca construir uno nuevo que trate con equidad y de manera crítica todos los espacios de verdad, justicia, memoria y reparación.
El segundo movimiento, tiene que ver con el documento sobre “Beneficios penitenciarios legales” que la Secretaría General para la Paz y la Convivencia ha enviado a los y las prisioneras vascas. Este documento contiene dos partes diferenciadas. En la primera, expone los artículos en los que se fundamenta el Reglamento Penitenciario en el área de beneficios penitenciarios. En la segunda, en un apartado que titula “Cuatro factores que pueden contribuir a los procesos de resocialización”, los interpreta.
En esta interpretación, la exigencia que se hace para acceder a los beneficios penitenciarios es política, como lo es la ley 7/2003, que es en la que están fundamentadas estas exigencias. Una ley de excepción que obstaculiza el poder acceder a los beneficios penitenciarios y que ha sido criticada en numerosas ocasiones, tanto por prestigiosos juristas, como por políticos demócratas. Entendemos que exigir posicionamientos políticos para acceder a la legislación ordinaria es darle carta de naturaleza a las leyes de excepción, que basan su razón de ser en el «derecho penal del enemigo» y en el «populismo punitivo».
La Secretaría General para la Paz y la Convivencia, en lugar de criticar estas leyes de excepción, y pedir que desaparezcan cuanto antes, lo que hace es animar a los y las presas a que la cumplan. Aceptando con ello la misma realidad que nos llevó a la imposición de la doctrina Parot y que fue invalidada por el Tribunal de DDHH de Estrasburgo. La Ley de excepción se establece en 2003 pero se aplica de facto a todo miembro de EPPK, rompiendo con ello con el principio jurídico de la retroactividad. Esta ley no puede afectar a las personas juzgadas con códigos penales en vigencia anteriores a 2003. En el documento enviado se ignora este principio jurídico fundamental, lo que nos parece muy grave y nos crea un montón de dudas sobre las verdaderas intenciones del documento.
Si queremos hablar de política en este tema tenemos que establecer el terreno de juego del debate. Si el terreno es democrático, nos encontramos con dos tipos de derecho que no son compatibles: derecho penal del enemigo en contraste con el derecho penal del ciudadano normal. El primero, como viene a decir Luis Rodríguez Ramos en su libro “Compendio de Derecho Penal”, tiene una función simbólica, ya que su aplicación no resuelve el problema para el que fue diseñado. El derecho no puede basarse en normas penales destinadas al enemigo y diferentes a las de los restantes de los ciudadanos. Estas disposiciones tienen el objetivo de crear clases inferiores entre los ciudadanos.
Siguiendo con el espacio democrático, en 2006, Emilio Olabarria, jurista perteneciente al PNV, exponía en GARA que para alcanzar la normalidad política habría que derogar las siguientes leyes: Ley de Partidos Políticos; los artículos 571 y 574 del Código Penal que califican de banda armada a quienes pretendan subvertir el orden constitucional; el artículo 18 del Código Penal en relación al delito de apología; derogación de la reforma del Código Penal que exige el cumplimiento efectivo de 40 años de privación de libertad a quienes cometan delitos de terrorismo (Ley 7/2003), que es en definitiva una cadena perpetua que contraviene el articulo 25 de la Constitución en cuanto a reinserción social.
Se podrían citar más ejemplos que expresan la contradicción que se da entre la práctica democrática y la función de estas leyes de excepción. Por ello, nos parece que invitar al EPPK a cumplir esta legislación de excepción es algo que legitima una práctica que nos lleva a una vía muerta que algunos se han empeñado en revitalizar. Besar un cadáver no significaba insuflar vida en él. Nos referimos a la vía Langraitz. No debemos confundir los planos. Utilizar la legalidad ordinaria es un derecho que reclamamos. Aceptar las disposiciones de las leyes excepcionales nos posiciona en la vía Langraitz, que no es aceptada ni por EPPK, ni por la Izquierda Abertzale. Estamos a otra.
*Firman también las ex prisioneras y ex prisioneros: Oihana San Vicente Saez de Zerain, Juan Mari Gabirondo Agote, Juan Carlos Arruti Azpitarte, Oihana Garmendia Marin, Iñigo Akaiturri Irazabal, Mertxe Galdos Arsuaga.