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La juez pide al Tribunal Supremo que valore tomar declaración como imputada a Yolanda Barcina

La juez que investiga las dietas de Caja Navarra ha remitido la causa al Tribunal Supremo para que valore la pertinencia de tomar declaración como imputada a la presidenta del Gobierno de Nafarroa, Yolanda Barcina. La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Iruñea cree que el alto tribunal español debe hacerse cargo de los todos los imputados en la causa.

Yolanda Barcina, ayer en el Parlamento. (Jagoba MANTEROLA/ARGAZKI PRESS)

La jueza que investiga el caso de las dobles y triples dietas de Caja Navarra (CAN) ha remitido la causa al Tribunal Supremo para que valore tomar declaración como imputada a la presidenta del Ejecutivo navarro, Yolanda Barcina, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN). La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Iruñea, María Paz Benito, aprecia indicios de un delito de «cohecho» en la presidenta navarra.

La jueza sostiene que el Supremo debe asumir, además de la declaración de Barcina, los hechos que se imputan a los cuatro imputados en la causa: Miguel Sanz, Álvaro Miranda y Enrique Maya, y Enrique Goñi, ex director general de Caja Navarra.

De esta manera, en su auto señala que la declaración debería extenderse «a quienes no gozan de la condición de aforados y que, por resultar idénticos, la tramitación de procedimientos separados podría romper la continencia de la causa», y «podría dar lugar a pronunciamientos contradictorios».

Con esta decisión, la investigación de las polémicas dietas pasaría a ser responsabilidad del alto tribunal espalol, en contra de las opiniones de la Fiscalía, que entiende que no hay delito penal, y de las acusaciones populares, la asociación Kontuz y UPyD, que son favorables a que la investigación siga en Nafarroa.

El Supremo deberá decidir ahora si asume el caso, si lo devuelve a la jueza Benito o lo traslada a otra instancia, como el Juzgado Central número 6, según el auto hecho público esta mañana por la jueza, que ha adoptado esta decisión en base al auto que hizo publico el pasado día 4 de junio, en el que decía que era «indispensable» tomar declaración como imputada a Barcina en el Tribunal Supremo, al ser una persona aforada.

En su exposición, María Paz Benito sostiene que los cargos políticos integrantes de la Comisión Permanente de CAN cobraron dietas «carentes de justificación» en un órgano que no tenía «soporte estatutario».

Barcina formó parte de la Comisión Permanente junto con los cuatro imputados.

La magistrada afirma que la previsión que se hace en los estatutos de la caja respecto a la celebración de las reuniones es «nula» y que «en modo alguno dan a entender que pueda existir un órgano distinto o una forma de trabajo diferente a la prevista». «Debe tenerse en cuenta que en relación a los órganos de gobierno de la entidad, sí existen comisiones o comités, pero todos ellos están previstos, al menos de un modo genérico, en los estatutos», añade.

La juez considera que los hechos «podrían ser constitutivos de un delito de cohecho» y señala que los miembros de la Permanente formaban este órgano «solo por su función en la institución pública que representan y consecuentemente reciben las dietas correspondientes».

«El hecho de que hayan recibido esas cantidades carentes de justificación de Caja Navarra compromete o puede comprometer su imparcialidad en cuanto a la actuación que hubieran podido llevar a cabo en relación a la entidad, teniendo en cuenta que se trata de las entidades fundadoras y que al Gobierno de Navarra corresponde el protectorado público de la entidad», argumenta la jueza, quien señala que las denominadas «sesiones de reporte» se llegaron a celebrar antes incluso de que la Comisión Permanente fuera recogida en el reglamento de CAN.

«Esas sesiones se celebraron con carencia absoluta de soporte normativo que las justificara, sus integrantes fueron elegidos de manera arbitraria por quien convocaba esas sesiones, que era el presidente de la Junta de Entidades Fundadoras y presidente del Gobierno de Navarra, no se dio ninguna publicidad ni se informó a nadie de su existencia ni de sus integrantes», apunta.

Para la jueza, «ni siquiera el hecho de que después se recogiera esta forma de trabajo en el reglamento ha de suponer la legitimación del órgano, dado que ninguna previsión se hacía al respecto en los Estatutos».

En su exposición resalta además que en las actas de estas reuniones «no consta participación ni actividad alguna por los integrantes de la sesión, limitándose al término de cada una de ellas a hacer constar que ‘quedan enterados’».

«Excusa o justificación de devengo de unas dietas»

Cita en concreto dos reuniones celebradas el 30 de agosto de 2011 y el 26 de setiembre de 2011, «ambas convocadas ya por la señora Barcina como presidenta del órgano, en que en ambos casos el contenido es nulo, puesto que en ambas se recoge que en relación con los acuerdos adoptados el secretario informa que durante la sesión no se adoptó ningún acuerdo».

Por ello, concluye que «en definitiva, nos encontramos con unas reuniones que son la base, excusa o justificación de devengo de unas dietas que carecen de soporte normativo, cuya composición es decidida por el presidente del órgano con el beneplácito del director general de la Caja, que no son conocidas ni por los órganos de gobierno de la Caja ni por los demás miembros de la Junta de Entidades Fundadoras».

Seguirá investigando en Iruñea sobre los créditos a familiares

En su auto, la jueza Benito informa de que va a seguir investigando en Iruñea la concesión de créditos a directivos, familiares y empresas de Caja Navarra, que todavía está «en fase totalmente inicial».