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CONSUMO

Proteger a los animales


La Ley 7/2023 de protección de los derechos y bienestar de los animales, entró en vigor el pasado 29 de septiembre, y establece un marco normativo. Estas normas nos afectan como personas consumidoras y usuarias en aspectos que tienen que ver con la venta de animales en tiendas o la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil para perros, además del curso de formación telemático para los dueños (en stand by a la espera de su desarrollo).

La venta de perros, gatos y hurones solo podrá realizarse directamente a través de criadores registrados, sin la intervención de intermediarios, por lo que se prohíbe la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales. Igualmente, queda prohibida su exhibición y exposición al público con fines comerciales. También se prohíbe la venta directa de cualquier tipo de animal de compañía a través de internet.

En los transportes públicos y privados se facilitará la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo, salvo circunstancias debidamente justificadas. En el transporte ferroviario de corta, media y larga distancia, así como en navieras y compañías aéreas, las entidades operadoras deben adoptar las medidas necesarias para garantizar el transporte de animales de compañía en estos medios de transporte, respetándose las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad.

SITIOS PÚBLICOS

En restaurantes, bares, hoteles y otros establecimientos públicos en los que se consuman comidas y bebidas, se podrá facilitar el acceso de animales en zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, que no implique un riesgo. Si no se admitiera la entrada de animales, se deberá mostrar un distintivo que lo indique, visible desde fuera.