«Las cárceles se han convertido en campos de concentración»
Erika Montero es delegada de las FARC-EP en la mesa de conversaciones e integrante de la subcomisión técnica para la terminación del conflicto armado. El 6 de abril de 2001 fue detenida, sometida a interrogatorio y encarcelada. El 3 de diciembre de 2003 quedó en libertad reincorporándose a la guerrilla, en la que comparte militancia con su pareja y padre de su hija.
La comandante Erika Montero forma parte de la subcomisión técnica para la terminación del conflicto armado y de la subcomisión de género de la delegación de paz de las FARC-EP. Desde La Habana, relata a GARA su experiencia en prisión y el trato vejatorio» que reciben los presos. Denuncia que «las cárceles en Colombia se han convertido en campos de concentración estilo nazi».
¿Cómo describiría la situación de las mujeres prisioneras?
El Ministerio de Justicia no incluye medidas de derechos humanos diferenciales desde la perspectiva de género ya que los derechos e intereses de las mujeres son vulnerados. El tratamiento penitenciario es el mismo para hombres y mujeres.
Si es combatiente insurgente se le desconoce su condición política con ideales definidos y se le tilda de terrorista; si se trata de mujeres luchadoras sociales, defensoras de derechos humanos, lideresas reclamantes de tierras o dirigentes estudiantiles, la situación es la misma y en ocasiones más grave, debido a los montajes judiciales con los que se les sindica de pertenecer a las guerrillas. La gran mayoría de las mujeres privadas de la libertad son de bajos recursos económicos y procedentes muchas de ellas de regiones marginadas del país, con un bajo nivel académico, con educación básica primaria, en su mayor parte incompleta. Las limitadas ofertas de trabajo y estudio para redimir penas producen una inercia, que se convierte en desesperanza y depresión induciéndolas en muchos casos a atentar contra sus vidas o a sumergirse en la drogadicción.
La prisión para las mujeres es el doble de dolorosa y estigmatizadora que para los hombres, pues la mujer que pasa por la prisión es calificada de «mala» porque contradecir al Estado es, de cierta manera, contradecir el patriarcado y por ende desconocer su rol asignado dentro de la sociedad capitalista.
Usted fue detenida y encarcelada. ¿Cómo lo recuerda?
Desde que fui capturada esperé la imputación de hechos en los cuales hubiera participado, y me enfrenté con acusaciones falsas producto de montajes. No es cierto que quien milite en una organización política y militar como las FARC-EP, tenga la capacidad de multiplicarse y ser partícipe de todas las acciones de manera simultánea. A mí me incriminaron por hechos en los que no participé ni en su planificación ni en su ejecución; en la guerrilla hay diversas misiones, sobre todo de orden político, no todo son acciones militares.
Permanecí en el calabozo de una prisión para hombres durante 4 meses y 14 días, en los cuales recibía el sol solo una hora diaria de lunes a viernes, porque los sábados y domingos eran de visita y no me permitían contacto con nadie, igual yo no tenía visitas.
El calabozo era oscuro y tan pequeño que al bañarme mojaba la cama. Cuando estaba en la etapa de juicio fui obligada a compartir celda con una reclusa que padecía una enfermedad infecto-contagiosa, al quejarme ante la directora, como represalia fui enviada a la cárcel para hombres y al calabozo.
Otra forma de tortura sicológica fue la insistencia para que delatara asuntos internos de las FARC-EP a cambio de beneficios personales. Un Estado de derecho debe respetar sus prisioneros y prisioneras en sus convicciones políticas y morales, no es permitido obligar a ningún prisionero de guerra a proveer información. En las FARC respetar la integridad física y moral y las convicciones de los prisioneros es un deber y un principio de obligado cumplimiento.
¿Está la sociedad colombiana lo suficientemente informada sobre lo que ocurre en el interior de las prisiones?
No lo suficiente, pero existen organizaciones de derechos humanos que monitorean la situación de la población carcelaria y que han visitado e investigado el estado de hacinamiento, inseguridad e inasistencia médica. Fallos de tutela a favor de las prisioneras son negados por las autoridades carcelarias. Presencié en prisión el caso de una compañera que apeló al derecho de tutela para que se le permitiera la atención de un especialista debido al padecimiento de una osteomielitis –infección ósea–, apeló dos veces en las cuales el fallo fue a su favor y nunca fue atendida.
¿Está el sistema penitenciario adaptado a las mujeres?
Una necesidad fundamental es la educación, y en esos centros carcelarios lo que ofrecen enseñar son oficios que la sociedad machista considera aptos solo para las mujeres: tejer, culinaria, peluquería, estilista, etc, a los cuales acceden las reclusas, no porque piensen que les sirve para su crecimiento formativo e intelectual, sino como una manera de redimir unas horas de prisión. Llegan programas de universidad a distancia pero con precios muy altos y así fuesen bajos, ¿de dónde una interna puede pagarse una carrera?
¿A qué se enfrentan estas prisioneras cuando deben convivir con sus hijos en prisión?
Hay un desconocimiento de las necesidades y derechos de las mujeres en prisión y por extensión los derechos de sus hijos e hijas. El régimen judicial y penitenciario no valora ni reconoce el vínculo único e indisoluble entre las madres y los pequeños. Un planchón de cemento estrecho y frío es la cama que comparte la madre con el bebé, los niños tienen que soportar el humo de las drogadictas, y hasta presenciar riñas e insultos, la alimentación no es lo suficientemente nutritiva para los bebés, pues básicamente es arroz, frijoles, garbanzo, pastas y poca leche.
La disposición penitenciaria determina que estos menores deben ser entregados a familiares o amigos, y si no existe este tipo de personas, son enviados a hogares sustitutos, hasta que sus madres cumplan su condena o se demuestre su inocencia, lo que obliga a estos pequeños a crecer sin su madre, porque algunas internas purgan largas condenas que van desde los 10, 20, 30, 40 y hasta 60 años de prision.
¿Qué medidas concretas podrían mejorar esta situación?
1.- Que las madres sean llevadas a trabajar de manera remunerada en su domicilio, pues el Estado tiene suficientes medios humanos y tecnológicos para vigilarlas sin privar a los menores del derecho a estar con sus madres y para mantener los lazos afectivos de los pequeños con el entorno familiar.
2.-La abolición de todas las medidas de carácter legislativo y penales que constituyan discriminación y violación de los derechos de las mujeres, así como replantear leyes, reglamentos, usos y prácticas que atentan contra la dignidad de las presas.
3.-Que en las políticas penitenciarias se incluya una atención en salud especial y diferencial para las mujeres en cuanto a la prevención, el tratamiento y el seguimiento de las patologías tanto a nivel físico como psicológico.
4.- Que las reclusas embarazadas reciban el apoyo, la información y las condiciones básicas necesarias para el buen desarrollo de su embarazo y maternidad y, en particular, una alimentación equilibrada, buenas condiciones sanitarias, aire fresco, ejercicio físico y cuidados específicos antes y después del parto.
¿Ha tenido algún impacto el proceso de diálogo en la situación de los presos?
La situación de nuestros prisioneros y prisioneras políticas y de guerra y demás recluidos en los antros de hacinamiento diseñados por el Estado para aleccionar el descontento popular no ha mejorado. Son muchos los llamados de auxilio desde las cárceles y desde organizaciones de derechos humanos, pero el Estado hace oídos sordos.
Recordemos que el 11 de febrero de 2015, en la Penitenciaría de Palo Gordo, Santander, murió el prisionero político Jesús Miguel Velandia León en horas de la noche; Velandia vivió la tortura de padecer un cáncer, y la indolencia del Estado no le permitió siquiera pasar sus últimos días al lado de su familia.No puedo dejar de recordar un caso que presencié cuando estuve prisionera en la cárcel del Buen Pastor de Bogotá, una señora con cáncer de útero en estado terminal a la cual atendíamos y aseábamos las guerrilleras allí recluidas, le fue negada la libertad impidiéndole morir al lado de su familia.
Es una vulneración al derecho fundamental a la vida. Como éste, son múltiples los casos de violaciones a los derechos humanos en las cárceles colombianas, que se han convertido en verdaderos campos de concentración estilo nazi. Es una prueba más de un estilo muy particular de la aplicación de la pena de muerte contra los prisioneros y prisioneras políticas en Colombia.
La ONU critica el hacinamiento
El Comité contra la Tortura de la ONU es muy crítico con el sistema penitenciario colombiano. En su 54 período de sesión en Ginebra, a finales de abril, examinó precisamente el informe presentado por el Gobierno colombiano sobre su grado de cumplimiento de la Convención contra la Tortura.
Varios relatores subrayaron el problema del hacinamiento en las cárceles y la forma en que este fenómeno predispone a los tratos crueles, inhumanos y degradantes. «El hacinamiento parece haber alcanzado niveles en que ocurren tratos crueles e inhumanos, en el que el área para dormir es del tamaño de un periódico», señaló el jurista Jens Modvig, quien añadió que «el acceso a servicios médicos parece estar severamente limitado».
El también relator Alessio Bruni insistió en que, según los propios datos del Instituto Nacional Penitenciario, a inicios de año la población encarcelada en Colombia era de 170.000 personas, un 53% por encima de su capacidad máxima.
Modvig denunció asimismo la situación de mujeres encarceladas en prisiones masculinas, con el riesgo real de acoso y abuso, y denunció el uso discrecional del aislamiento, además de criticar las escasas condenas contra paramilitares, lo que equiparó a «una impunidad de facto». GARA