Fiscal y acusación piden que se condene al exalcalde de Bakio por prevaricar
Fiscalía y acusación particular mantienen que el exalcalde de Bakio Txomin Renteria cometió un delito de prevaricación en la gestión del fallido proyecto de la talasoterapia, por lo que solicitan penas de cárcel, inhabilitación y que abone una indemnización por responsabilidad civil, que supera los 471.000 euros, al Ayuntamiento que gobernó.
Ayer quedó visto para sentencia en la Sección Segunda de la Audiencia de Bizkaia el juicio contra el jeltzale Txomin Renteria, exalcalde de Bakio, por las irregularidades que rodearon a la construcción de una talasoterapia. En sus conclusiones, Fiscalía y acusación particular consideraron que ha quedado «sobradamente acreditado» el perjuicio que sufrió el Ayuntamiento a raíz de que, «por orden directa» de quien fue primer edil durante 16 años, el secretario municipal modificase el contrato de abril de 2008 respecto al pliego de condiciones por el que se adjudicó el proyecto del fallido centro termal en enero de 2007.
El fiscal mantuvo su acusación por presuntos delitos de falsedad en documento oficial y prevaricación con una petición de tres años y medio de cárcel, o alternativamente de falsedad documental y fraude a la administración pública con una pena de cinco años de prisión. Además, solicitó diez años de inhabilitación especial para cargo o empleo público y una multa de 3.600 euros.
La acusación particular, que promueve EH Bildu, defiende que el exalcalde cometió un delito de prevaricación administrativa, penado con diez años de inhabilitación. Al igual que la Fiscalía, reclama que el acusado haga frente a una indemnización de 471.146 euros, en concepto de responsabilidad civil.
Trató de ocultar los cambios
Las acusaciones incidieron en que Renteria trató de ocultar los cambios al resto de miembros de la Corporación, también al propio equipo de gobierno. «Queda claro –subrayó el fiscal– el conocimiento que tenía Txomin Renteria de la irregularidad en la que había incurrido al no reflejar en el contrato el contenido del pliego de condiciones».
El representante del Ministerio Público incidió en que, por lo declarado por el secretario-interventor, no hay dudas de que fue el acusado el que le instó a introducir cambios en el contrato que beneficiaban los intereses de la adjudicataria, que no debía pagar el canon a Costas hasta que comenzara la explotación cuando el Consistorio sí lo abonaba al Ministerio de Fomento por la ocupación de los bajos del paseo marítimo.
Además, le consideran responsable de que no se rescindiera el contrato con la adjudicataria mientras él fue alcalde. Esa maniobra benefició a Talasoterapia Kiura, que se disolvió sin llegar a afrontar todas sus obligaciones y dejando la deuda a las arcas municipales. Ayer, por cierto, declaró como testigo Miguel Ignacio Gutiérrez, que ejerció unos meses como administrador de la firma, que dio a entender que el proyecto no fue adelante ya que el principal promotor, el fallecido Mikel Mendizabal, no había logrado captar inversores suficientes, desmontando la tesis de la defensa de que fueron cuestiones administrativas las que demoraron el inicio de las obras del centro.
La abogada de la acusación particular reconoció que el secretario pudo no actuar «con la diligencia debida», al no realizar un informe de reparo, aunque ello no libera a Renteria de su responsabilidad. «La modificación del contrato y su mantenimiento fueron resultado única y exclusivamente de la voluntad del imputado», destacó.
Desde la defensa, que demandó la libre absolución del exalcalde, se insistió en que no hubo voluntad de favorecer a la empresa, sino de que se ejecutasen las obras de los servicios de la playa. En sus conclusiones, trató de desviar la responsabilidad hacia el secretario, «quien conoce el derecho y es el garante de que los actos se ajustan a la legalidad», por no poner reparo. El propio Renteria dijo en su alegato final que si le hubiesen insinuado algo, hubiera actuado.