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El Parlament aprueba la reforma para una hipotética investidura a distancia

El Parlamento catalán aprobó ayer una reforma legal para poder investir president a Carles Puigdemont estando en el extranjero, vía telemática, aunque este movimiento terminará muy probablemente anulado por los tribunales españoles, advirtió el Gobierno español.

Los diputados catalanes aprobaron por 70 votos a favor (JxCat, ERC y la CUP) y 64 en contra (Ciudadanos, PSC, Comuns y PP) una modificación de la ley de presidencia que permite investir un candidato sin estar presente en la cámara y gobernar a distancia.

El Gobierno español ya anunció que recurrirá la reforma ante el Tribunal Constitucional para que sea suspendida en cuanto el recurso sea admitido a trámite. El portavoz del Gobierno español, Iñigo Méndez de Vigo pidió que el Parlament no diera pasos que están «abocados al fracaso desde el principio» y recordó al presidente de la cámara, Roger Torrent, y a los miembros de la Mesa que ya han sido advertidos por el Constitucional de las «ilegalidades en las que pueden incurrir».

Ante la dificultad de que se pueda votar a Puigdemont antes de la fecha límite del 22 de mayo, y evitar así nuevas elecciones, JxCat no descarta elegir un presidente provisional que no sea Puigdemont y luego usar esta ley en unos meses para intentar de nuevo la investidura del president.

Este grupo parlamentario analizará hoy este escenario reunido en Berlín con el propio Puigdemont, que decidirá si insiste en él como candidato.

La líder de Ciudadanos, Inés Arrimadas insistió en que «ni esta ley será vigente, ni Puigdemont será presidente». El diputado de ERC Antoni Castellà admitió que es posible que la reforma no sirva para hacer a nadie presidente porque «se la cargarán».

«¿Quién manda en Catalunya: la soberanía popular y la representación parlamentaria o el señor Mariano Rajoy?», se indignó su diputado Albert Batet (JxCAT) defendiendo la reforma legal en la Cámara.

Por otra parte, el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, criticó la reforma aprobada porque «no es legal» a la vez que urgió a formar gobierno en Catalunya.

Absuelto por la pitada al himno

La Audiencia Nacional ha absuelto al presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, de la multa de 7.200 euros a la que fue condenado por un delito de injurias a la Corona y otro de ultrajes a España como promotor de la pitada al himno en la final de la Copa del Rey en el Camp Nou, el 30 de mayo de 2015, al entender que actuó amparado por la libertad de expresión y de crítica. Al estimar su recurso, la Sala cree que el acusado no cometió ninguno de estos delitos porque lo que pretendía «era aprovechar un acto deportivo al que acudía el rey para que de forma incívica, impropia, desafortunada y con manifiesta falta de educación» para evidenciar su desacuerdo ante la imposibilidad de seguir adelante con los planes independentistas».