A la espera del fallo de cuatro causas contra Urrutikoetxea
La defensa de Josu Urrutikoetxea solicitó que queden sin efecto, por prescripción y defectos documentales, las demandas de extradición cursadas por Madrid. Pidió también la nulidad de dos euroórdenes. Con varias demandas de información suplementaria –a cargo de la defensa y apoyadas por el fiscal– sobre la mesa, el Tribunal de Apelación de París se pronunciará sobre las euroórdenes el 18 de diciembre y el 8 de enero sobre las causas de extradición.
La sala de instrucción del Tribunal de Apelación de París fijó una nueva vista para el 18 de diciembre en la que dará a conocer su decisión sobre las dos euroórdenes, una por crímenes de lesa humanidad y la segunda por el llamado caso de las «herriko tabernak» presentadas por Madrid contra Josu Urrutikoetxea. En la vista, el fiscal terminó asumiendo las demandas de aclaraciones a cargo de la defensa, por lo que no se descarta que ese día solicite un complemento de información a Madrid.
Mientras, en el caso de las dos demandas de extradición, referidas a atentados cometidos por ETA hace más de treinta años, el tribunal parisino se pronunciará el 8 de enero de 2020. Las dudas sobre pruebas documentales, de una parte, y sobre la prescripción, de otra, fueron puestas de manifiesto por la defensa de Urrutikoetxea.
El histórico dirigente de ETA, que fue detenido el pasado 16 de mayo en la localidad alpina de Sallanches se encuentra recluido en la cárcel de La Santé. Su estado de salud motivó una demanda de excarcelación que fue rechazada el 12 de setiembre, pese a que tras su detención la Justicia gala había emitido un primer fallo favorable a liberar, a la espera de juicio, al preso vizcaino, de 68 años de edad.
Cuatro causas
La vista celebrada ayer tarde se abrió con el análisis de las dos euroórdenes, una sustentada en el caso «herriko tabernak» por el que, tras decidir el Tribunal Supremo español rebajar las condenas, no hay ningún ciudadano vasco en prisión. Y la segunda, por delito de lesa humanidad, y referida al atentado cometido por ETA en el aeropuerto de Barajas, en 2006, en el que murieron dos ciudadanos ecuatorianos.
El tribunal se pronunciará el 8 de enero, aunque ello no implica el cierre de la causa, ya que cabe presentar recurso.
La defensa remarcó el objetivo político de las causas destacando que «España quiere la entrega por lo que representa Urrutikoetxea, busca un trofeo». En una de las demandas de extradición se imputa a Urrutikoetxea la muerte del dirigente de Michelin Luis María Hergueta (junio de 1980), que fue reivindicada por ETA (pm) cuando es cosa publicada que, tras la escisión, Urrutikoetxea se encuadró en ETA militar. &bs;La segunda demanda afecta al atentado contra la casa-cuartel de la Guardia Civil en Zaragoza (diciembre de 1987), acción por la que el Supremo exculpó al militante de Ugao en 2000.
Aspiazu y Arzalluz no mataron al juez Lidón
La Audiencia Nacional española absolvió ayer a los presos vascos Garikoitz Aspiazu y Asier Arzalluz de la muerte del juez José María Lidón en atentado de ETA, ocurrida en Getxo en 2001. El tribunal especial español decidió que no hay pruebas para condenar a Aspiazu, ni tampoco a Arzalluz. Contra este último el fiscal había retirado ya su acusación, no así la acusación particular.
La sentencia remarca «el déficit del que adolecen los informes de inteligencia de la Ertzaintza y de la Comisaría General de Información [de la Policía española], así como la pericial de inteligencia», con los que estima no cabe acreditar que ambos fueran los autores. Los dos presos negaron durante el juicio haber cometido el atentado.
La familia Lidón (concretamente un hijo y la esposa del magistrado) señaló expresamente a Aspiazu, afirmando que lo habían reconocido al verlo en televisión una década después de ocurrido el atentado. Y también mantuvo hasta el final la acusación contra Arzalluz incluso después de que la Fiscalía la retirase en pleno juicio aceptando que no había pruebas en su contra. GARA