GARA
CIUDAD DE MÉXICO

Histórico fallo en México declara inconstitucional castigar el aborto

La Suprema Corte de Justicia de México ha despenalizado el aborto al declarar, por unanimidad, inconstitucional el castigo de prisión para la interrupción voluntaria del embarazo, un precedente histórico que impide encarcelar a mujeres y personal médico que les ayuden.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) declaró el martes por unanimidad de sus diez ministros presentes inconstitucional cualquier sanción penal impuesta a mujeres por abortar en la primera etapa del embarazo.

«Nunca más una mujer, ni una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente. Hoy –por el martes– se destierra la amenaza de prisión y estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo», celebró el magistrado Luis María Aguilar Morales. «Hoy –por el martes– es un día histórico para los derechos de todas las mujeres mexicanas y las personas gestantes», subrayó.

La ministra Margarita Ríos Farjat consideró que «el asidero del derecho penal para sancionar a quien interrumpe voluntariamente su embarazo no es aquí una potestad disponible para el legislador, pues están los derechos humanos en juego».

«Se criminaliza a la persona gestante, sin encontrarse definido constitucionalmente si la vida se tutela invariablemente desde la concepción y cuál es el tratamiento del embrión en el mundo jurídico», añadió. Asimismo, se pronunció «en contra de estigmatizar a quienes toman esta decisión», al advertir que en México se practican entre 750.000 y un millón de abortos clandestinos al año.

Actualmente, sólo en cuatro estados del país –Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz e Hidalgo– permiten la interrupción legal del embarazo conforme a una ley de plazos hasta la semana doce de gestación, por lo que la nueva normativa afecta directamente a los otros 28 estados.

Este fallo, derivado de una impugnación de la extinta Procuraduría General de la República (PGR) contra el Código Penal de Coahuila en 2017, solo invalida la legislación en ese estado, pero establece un «criterio obligatorio» para todos los jueces, precisó Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN. «A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional. A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad», destacó.

Vía libra a la ley para revocar al presidente

La Cámara de Diputados de México aprobó el martes con 290 votos a favor y 195 en contra, así como con 15 abstenciones, la ley de revocación de mandato presidencial, sin modificar punto alguno del proyecto que previamente había sido avalado por el Senado. El texto, que contempla la pregunta «¿Está de acuerdo en que al presidente de México se le revoque el mandato por pérdida de la confianza, o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?», da base legal al referéndum que podría celebrarse en marzo de 2022, a petición del mandatario, Andrés Manuel López Obrador. Morena celebró el resultado de la votación y afirmó que López Obrador «no tiene miedo a la revocación».

El proceso de revocación se podrá pedir una sola vez durante el mandato, de seis años, y en los tres meses posteriores a la finalización del tercer año. La consulta saldría adelante a petición del 3% de la lista de electores de hasta 17 entidades federativas y se celebraría en un plazo no mayor a tres meses y sin coincidir con otros procesos electorales.GARA