Román ORIA FERNÁNDEZ DE MUNIAIN
Abogado
KOLABORAZIOA

De nuevo sobre el engaño del fondo para damnificados por amianto

Como abogado que lleva muchos años defendiendo a perjudicados por el amianto, hemos denunciado hace meses el engaño que implicaba la reivindicación de la constitución del citado fondo.

Las consecuencias no se han hecho esperar. Ya ha habido manifestaciones de protesta de los trabajadores. Protestas que, si algunos sindicalistas se hubiesen molestado en examinar los límites y, en definitiva, burla de los intereses de los trabajadores que podría entrañar el citado fondo, en lugar de mirar para otro lado, obcecados por la obtención de los fondos, no hubiesen planteado la iniciativa como se planteó y estarían alentando las protestas contra la Ley 21/2022 del Fondo de Compensación para las víctimas del amianto.

Vamos a reiterar y complementar lo que venimos denunciando:

Si empresarios y Gobierno hubiesen urdido una trama para terminar con las reclamaciones ante la justicia de los afectados por amianto, la constitución de este fondo sería el mejor remedio.

Si se constituye un fondo con una dotación tan ridícula como la que se ha hecho, sopondrá que todos los afectados tendrán que conformarse con las migajas de dicho fondo que les lleguen porque los tribunales (esperemos que no ocurra) rechazarán las reclamaciones al declararse incompetentes por tener las víctimas que reclamar al citado fondo. Basta leer el artículo 8, apartados 3 y 4 para descalificar el engaño que supone porque, en pocas palabras, es el INSS quien después de, por lo menos, tres meses, decide si procede la indemnización y la cuantía de la misma y pásmense ustedes: si el reclamante no se conforma con las condiciones que le imponen se tiene por desestimada la reclamación automáticamente.

Lo que realmente sería efectivo para las víctimas consistiría en promover una iniciativa legislativa que obligase a incrementar las indemnizaciones en sede judicial y ampliar los supuestos de hecho y agilizar la prueba.

Aun así, hacer una interpretación de la Ley 21/2022 que no haga incompatibles las indemnizaciones del fondo con las reclamaciones judiciales supondría lo que algún sindicalista interesado dice que se pretende evitar, esto es, la demora y el desánimo pues las víctimas tendrían dos peregrinaciones en lugar de una: la administrativa y la judicial.

El mal ya está hecho. Los promotores deben explicar a los trabajadores cómo piensan enderezar el entuerto.

La «mercantilización» de la defensa en sede judicial que utiliza algún promotor para justificarse es una burda disculpa. los abogados de las centrales sindicales defienden los derechos de los trabajadores igual que lo hacemos los que estamos en plantilla.