Ramón SOLA
IRUÑEA
AUTOGOBIERNO NAVARRO

El TS anula el traspaso de Tráfico a Nafarroa con tesis sorprendentes

Atendiendo a un recurso de la asociación policial Jucil, el Tribunal Supremo español ha anulado el real decreto con el que se traspasó la esperada competencia de Tráfico a Nafarroa. Asegura que no está incluida expresamente en el Amejoramiento ni es una competencia histórica, dos argumentos que resultan especialmente sorprendentes.

Movilización de guardias civiles contra el traspaso de Tráfico a Nafarroa, en Iruñea en diciembre de 2018.
Movilización de guardias civiles contra el traspaso de Tráfico a Nafarroa, en Iruñea en diciembre de 2018. (Iñigo URIZ | FOKU)

El Tribunal Supremo ha anulado el real decreto 252/2023 por el que se traspasó a Nafarroa la competencia exclusiva de Tráfico, con lo que quedó en manos de la Policía Foral y no de modo compartido con la Guardia Civil. Ha dado la razón a la asociación policial Jucil frente al dictamen de los Gobiernos español y navarro.

Los magistrados concluyen que «no cabe emplear un real decreto de traspaso para atribuir una competencia no reconocida a Navarra en la Lorafna [Amejoramiento] ni amparada en su derecho histórico». Y añaden que esas competencias podrían ser asumidas por Nafarroa, pero por otras dos vías: «O bien reformando la Lorafna o bien mediante una ley orgánica del artículo 150.2 de la Constitución».

El primer argumento resulta sorprendente, porque la cuestión de la transferencia pendiente de Tráfico a Nafarroa está sobre la mesa de modo recurrente desde los años 90 sin que se pusiera en cuestión su encaje legal desde prácticamente ningún organismo. El segundo constituye una distorsión histórica, porque es cierto que la Policía Foral tuvo el control exclusivo de esta materia desde su fundación en 1928 (como Cuerpo de Policías de Carretera) hasta 1959, cuando se dio entrada a la Guardia Civil en pleno franquismo.

Sobre lo primero, la sentencia apunta que el Amejoramiento de 1982 «no incluye un título competencias que se identifique con las funciones que desempeña la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en Navarra». Y de ahí salta incluso a afirmar que la competencia siempre ha sido de la Guardia Civil, «ejerciendo la Policía Foral una función subordinada».

Para subrayar esto, el Supremo acude a un documento de 1964 (posterior, por tanto, a la irrupción de la Guardia Civil unos años antes) en que la Policía Foral subraya sus competencias de tráfico, pero «en estrecha colaboración las fuerzas de la Guardia Civil».

«La realidad -resumen los magistrados- es que del estado competencial existente al tiempo de promulgarse la Lorafna no se deduce que la Comunidad Foral tenga una competencia que incluya las funciones que, en su lugar, ejerce la Guardia Civil (...), sí las que ejercer en concurrencia, pero en esa concurrencia Navarra ejerce una competencia concretada en funciones de colaboración o cooperación con la Guardia Civil y son las que esta ejerce las que pretenden traspasarse sin ostentar Navarra un título competencial, ni con la Lorafna ni antes de promulgarse».

Ello contradice otras posiciones anteriores del mismo Supremo. De hecho, en 2018, cuando el Gobierno español dio el primer paso para la transferencia, apuntó en su nota que el Alto Tribunal español consideraba que esta materia «forma parte de los derechos históricos» de Nafarroa; es decir, lo contrario de lo que ahora esgrime.

A UNA CON JUCIL

Asimismo, la sentencia rechaza la alegación que realiza el Gobierno navarro sobre la falta de legitimación activa de la asociación Jucil para presentar el recurso. En una afirmación reveladora sobre el sesgo de la decisión, el tribunal contesta que «paradójicamente la mejor defensa de la legitimación activa de Jucil la hace la propia Comunidad Foral de Navarra».

En su opinión, no es razonable que se sostenga «que el traspaso no afecta a la Guardia Civil y, a renglón seguido, alegar que los intereses profesionales, personales y familiares de los guardias civiles afectados por el traspaso están satisfechos. Para ello nos dice que podrán cambiar de funciones o seguir desempeñándolas ‘en otros destinos geográficos’, es decir, yéndose de Navarra o, en fin, podrán integrarse en la Policía Foral de Navarra».

Para el tribunal, «es obvio que cualquier de estas alternativas incide, al menos, en los intereses profesionales de los guardias civiles y lo hace hasta el punto de prever su integración en otro cuerpo policial».

La oposición a esta transferencia, presentada como un intento de «echar a la Guardia Civil de Navarra», ha sido encendida, pero más en círculos políticos y periodísticos madrileños que en Nafarroa.

Cabe recordar, además, que como recoge la sentencia, el Ejecutivo navarro decidió articular una «pasarela» para que agentes de la Guardia Civil pasaran a la Policía Foral y mantuvieran, por tanto, esas funciones de control del tráfico en las carreteras navarras.

ANTECEDENTES

La transferencia había sido comprometida ya al Gobierno de Uxue Barkos, pero ha terminado de concretarse con el de María Chivite. Se está desarrollando de modo paulatino desde el pasado 1 de julio. Hasta el momento, había unos 200 agentes de la Guardia Civil encargados de estas labores, frente a cerca de 150 policías forales.

Se trata de una reivindicación que lleva planteándose décadas desde Nafarroa y que históricamente ha sido apoyada por la práctica totalidad del arco parlamentario.

La argumentación del Supremo choca ahora con la ausencia de debate anterior sobre estas cuestiones técnicas. Con Ejecutivos del PP como el de José María Aznar (1996-2004) ya se barajó esta transferencia, pero entonces el ministro de Interior, Jaime Mayor Oreja, dijo que no era conveniente porque para la lucha contra ETA resultaba más efectivo que fuera la Guardia Civil quien controlara las carreteras. Es ahora cuando aparecen estos otros argumentos, que una asociación como Jucil ha llevado hasta Madrid y que han terminado avalando los jueces del Tribunal Supremo español.



EH Bildu: «Ataque a la soberanía navarra»

La portavoz de EH Bildu, Laura Aznal, valoró la sentencia como «un ataque jurídico grave contra la foralidad y la soberanía de Navarra», tras recordar que se trata de una competencia histórica arrebatada durante el franquismo.

En este sentido, denunció que cuando la mayoría navarra ha conseguido la transferencia, «un tribunal español impide que se materialice».

«Este ataque pone en evidencia la necesidad de defender y actualizar el autogobierno y la soberanía navarra», subrayó.

Para Uxue Barkos (Geroa Bai) se trrata de «un grave ataque al autogobierno, ya que niega el carácter histórico de nuestros derechos y ataca la esencia misma de la foralidad».

También Contigo-Zurekin estimó que la sentencia «minusvalora el autogobierno».Martxelo DÍAZ