AUG. 03 2014 Análisis de la sentencia del sumario 35/02 Para reescribir la historia es necesario hasta desdecirse Decir una cosa y la contraria es una de las claves de una sentencia de 500 páginas que evidencia la motivación política de un fallo que mira hacia la «batalla del relato». Hablar en términos jurídicos de un intento de imponer una versión de «vencedores y vencidos» constituye un ejercicio de justicia-ficción. Alberto PRADILLA Tanto Joseba Permach como Joseba Álvarez y Arnaldo Otegi fueron absueltos en 2010 de la acusación de «enaltecimiento del terrorismo» por participar en el acto de Anoeta en el que se presentó la propuesta «Orain Herria, Orain Bakea». La sentencia, dictada en diciembre de aquel año por la Audiencia Nacional española, consideró que ni Fiscalía, ni peritos policiales ni acusación particular habían demostrado que hubiese ensalzamiento de ETA y, por eso, no tuvo otro remedio que exculpar a los procesados. Esa circunstancia no ha sido tenida en cuenta, cuatro años después, en el fallo del mal llamado «caso de las herrikos», ya que incluye la participación en el mitin de Donostia como «intervención pública en apoyo» de la organización armada. Es decir, que un acto que no fue considerado como «enaltecimiento» entonces es ahora utilizado como indicio de culpabilidad. Tratando de comprender la lógica de los sentenciadores, se podría llegar a la conclusión de que, en un tribunal como la Audiencia Nacional, existen diversos jueces con diferentes criterios, lo que explicaría dos resultados contradictorios. No es el caso. Son los mismos togados, Ángel Hurtado y Julio de Diego, los que firman ambas sentencias, diciendo una cosa y la contraria con cuatro años de diferencia. Cuestión que no pasa inadvertida para Clara Bayarri, que emite un voto particular y asegura que ninguna de estas actividades «constituye indicio de delito alguno». Y añade: «salvo criminalización de la disidencia de la que me aparto». Es cierto que el fallo reconoce que los militantes independentistas fueron absueltos, del mismo modo que admite que no hubo condena en el caso de Udalbiltza, también utilizado como indicio. No obstante, estar en Anoeta o participar en la presentación de la asamblea de electos, y ser criminalizados por ello como si no hubiese existido pronunciamiento judicial, se usa como argumento para la condena hecha pública el miércoles. En la misma línea, se alude insistentemente a la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a la Mesa Nacional de HB en 1997 y no es hasta pasadas más de 150 páginas cuando se admite que el Constitucional la anuló, lo que sería motivo para no tomar en cuenta ninguna de estas consideraciones. Esta enrevesada lógica podría sorprender, pero es lo que conlleva intentar aplicar principios jurídicos al derecho penal del enemigo: que uno se pierde en un laberinto de argumentaciones contradictorias para terminar certificando que el objetivo político ya estaba fijado; que el «tocho» de folios solo es un barniz para blanquear una causa general contra HB que se ubica en la «batalla del relato»; que, en el fondo, de lo que se trataba era de condenar no solo a dirigentes políticos, sino toda la historia de la izquierda abertzale; que sea la «verdad judicial» la que se imponga, aunque esto implique reescribirse a uno mismo. Como en el resto de juicios políticos contra el independentismo vasco, existe un sistema que funciona a la inversa de la lógica de un proceso normal. En lugar de buscar indicios para obtener una sentencia, la decisión viene dada. A partir de ahí, toca dotarla de contenido. Durante la vista, la defensa insistió en la inconsistencia de condenar por «pertenencia a organización terrorista» a miembros de un partido que nunca fue declarado como tal, incluso aunque hubiese sido ilegalizado. Esta es una cuestión clave para la que la sentencia encuentra una solución: afirmar que HB, EH y Batasuna tienen «carácter terrorista» pero con un nivel menor que ETA. Que es «terrorista» a nivel «satélite» y condicionado, para cada uno de los acusados, a su «militancia activa». Algo así como decir que una mujer puede estar medio-embarazada y que luego ya se determinará quién es el padre. «No es un juicio político» A la hora de redactar la sentencia, ha bastado con repetir tesis policiales que ya se escucharon en otros procesos políticos y aferrarse a las sentencias de ilegalización. Individualizar era obligado, un trámite solventado al imputar actuaciones como acudir a reuniones o participar en manifestaciones de organizaciones nunca ilegalizadas como Gurasoak. Comportamientos estos totalmente democráticos que, además, ningún imputado ha negado. Esto «no es un juicio político», repiten los jueces a lo largo de toda la sentencia a pesar de usar como argumento la creencia de que «existiera entre la sociedad vasca una identificación entre ETA y Herri Batasuna». Y por si hubiese dudas entre unos partidos y otros, introducir el concepto «marca Batasuna» es la fórmula para castigar todo. Si algo dicen claro los dos jueces del tribunal que avalan la sentencia es que su tarea es juzgar cuestiones del pasado y no adecuarse a ciclos políticos, tal y como le reclamaron los imputados a través de la última palabra de Floren Aoiz. Y eso es cierto. Lo que pretenden es sentenciar una historia política. No hay más. De hecho, en los cinco meses que se alargó la vista oral se habló tanto de pasado que, en ocasiones, la sala de San Fernando de Henares no parecía un tribunal sino una clase de historia. Tras leer la sentencia, es evidente que solo se ha tomado en cuenta la fuente policial. Hasta este punto nadie ha hablado de armas o explosivos, que es lo que cabría esperar de una sentencia sobre «terrorismo». De hecho, estos términos solo aparecen en las últimas páginas de la sentencia, cuando se hace referencia a las herriko tabernak, segundo objetivo y botín de guerra. Y se hace para refutar una tesis que solo emergió en el tiempo de descuento: la frase policial que endosaba enseres de kale borroka a los locales sin citar un solo ejemplo. No es casualidad que las sentencias políticas de este tipo lleguen antes de la «operación verano», como tampoco lo es su sentido. Frente a los titulares que se ganaron las ocurrencias de Baltasar Garzón en 2002, la sentencia ha pasado desapercibida ante prioridades como el «desafío soberanista» catalán. Sin embargo, Euskal Herria sigue en el mapa, la realidad les contradice y el fallo significa un movimiento en la «batalla del relato». Pretender imponer una lógica de «vencedores y vencidos» implica una carrera hacia adelante que se sostiene tan difícilmente como el fallo. Konponbidea lantzen jarraitzeko deia, protestetan Ehunka lagunek parte hartu zuten atzo Hego Euskal Herriko lau hiriburuetan deitutako elkarretaratzeetan, Auzitegi Nazional espainolak 35/02 sumarioaren harira emandako epaia salatzeko. «Aski da. Auzi politikorik ez» lelopean egindako protestaldi jendetsuetan, herritarrek «Aski da. Konponbideari erasorik ez» leloak ere erakutsi zituzten. Donostian, Pernando Barrena Sortuko bozeramaileak adierazi zuenez, ezker abertzaleak epaiari emango dion erantzuna lanean jarraitzea izango da, «herri hau eskubideetako eta euskal hiritar guztientzako elkarbizitzako bake egoera batera eramateko». Salatu zuenez, beste behin ere arlo judizialetik hogei militante independentistari bizitza proiektua zapuztu nahi diete, eta bestalde, 111 herriko tabernen konfiskazioa «36ko gerratik elkarte politiko batek jasandako ondasunen konfiskaziorik handiena» dela ohartarazi zuen. Bilbon, Karmelo Landa auzipetuak komunikatu bat irakurri zuen, salatuz PPren eta Gobernu espainolaren helburu bakarra «bake prozesuaren eta normalizazio politikoaren porrota eta blokeoa» dela. Ildo beretik, Gasteizen, Txus Martinez de Lahidalga Arabako Sortuko koordinatzaileak nabarmendu zuen «sufrimendua, blokeoa eta epaiketa politikoak amaitzeko» eta «garai berriak zabaltzeko unea dela». GARA