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El TS da la razón a la Mancomunidad de Sakana sobre el plan de residuos

El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Mancomunidad de Sakana y ha rechazado la Declaración de Incidencia Ambiental favorable del Plan Integrado de Gestión de Residuos de Navarra (PIGRN) 2010-2020 por ser «una mera declaración de intenciones».

La fábrica de cementos Portland, en Olazti. (Iñigo URIZ / ARGAZKI PRESS)
La fábrica de cementos Portland, en Olazti. (Iñigo URIZ / ARGAZKI PRESS)

El Gobierno de Nafarroa recurrió la sentencia del Tribunal Superior de Nafarroa, que dio la razón a la Mancomunidad de Sakana sobre la Declaración de Incidencia Ambiental, pero el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia.

Con esta sentencia, el tribunal entiende que «se efectúa un cumplimiento solo aparente, y no real, del mandato legal aplicable, que establece el contenido taxativo al que han de sujetarse los planes autonómicos de residuos». Asimismo, también da la razón a la Mancomunidad en el sentido de que la declaración ambiental debe incluir «un informe sobre la viabilidad económica de las alternativas».

Por ello, entiende que «no cumple los requisitos que tiene que tener cualquier plan de gestión de residuos, puesto que no tiene contenido material», sino «una mera declaración de intenciones».

El 27 de diciembre de 2010, El Gobierno de Nafarroa aprobó la Declaración de Incidencia Ambiental del Plan, que poco después fue recurrida por la Fundación Sustraia Erankuntza y la Mancomunidad de Sakana, dedicada a la recogida y tratamiento de residuos. A raíz de este recurso, el TSJN sentenció en enero de 2013 que la Fundación Sustraia Erankuntza no tenía en aquel momento capacidad jurídica suficiente para presentar el recurso, pero estimó los argumentos de la Mancomunidad de Sakana contra la declaración, por lo que el Gobierno foral presentó un recurso de casación ante el Supremo.

El Gobierno de Nafarroa anuncia que estudia otro plan tras conocer el fallo

El Gobierno de Nafarroa ha anunciado que estudia la elaboración de otro plan de residuos tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo. Así, han informado de que este nuevo plan «se adaptará a las directrices europeas» y se definirá «la fracción resto». Además, el Ejecutivo puntualiza que «en la actualidad existe un acuerdo político y social de no incluir como forma de tratamiento la alternativa de la incineradora».