Mediante sentencia de 21 de enero de 2015, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa había considerado que dicho plan, tramitado como PSIS, era conforme al ordenamiento jurídico.
Un mes después los ayuntamientos de Antzin y Murieta, junto con la Fundación Sustrai Erakuntza, anunciaron un recurso ante el TS para intentar de esa forma que la Mancomunidad de Jurramendi no siguiera extrayendo agua del acuífero de Lokitz, ya que no contaba con el preceptivo permiso de la CHE.
El Tribunal Supremo ha admitido ahora que las actuaciones previstas en este plan de incidencia supramunicipal «afectan al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre», y anula el proyecto por falta del informe de la CHE.