![Beñat Aginagalde y Joanes Larretxea, durante el juicio en la AN. (POOL EFE)](/media/asset_publics/resources/000/379/217/article_main_landscape/larretxea-aginagalde.jpg)
Para el tribunal especial «no hay duda» de que la muerte de Uria, ocurrida el 3 de diciembre de 2008, fue obra «del comando ‘Ezuste’ de ETA y que, tal y como concluía un informe de inteligencia realizado por la Ertzaintza, en ese comando Joanes Larretxea actuaba como ‘liberado’ y Beinat Aguinagalde como miembro ‘legal’ del mismo».
Por ello, la Audiencia Nacional condena a cada uno por los delitos de «asesinato terrorista, detención ilegal terrorista, robo de vehículo con fines terroristas y daños terroristas». En total, se les imponen sendas penas de 44 años de prisión y se les condena a indemnizar con 400.000 euros a la viuda e hijos de Uria.
Por estos hechos fue condenado con anterioridad Manex Castro por parte del Tribunal Supremo.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Martínez Lázaro, afirma que el citado comando estuvo activo desde mediados de 2008 hasta marzo de 2009 y que está detrás, entre otros hechos, de la muerte de Isaías Carrasco, exconcejal del PSE en Arrasate.
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