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Desestiman todas las reclamaciones de los seguros por el incendio de Bermeo

La jueza ha desestimado todas las reclamaciones interpuestas por las compañías de seguros por los daños derivados del incendio desatado en el casco antiguo de Bermeo en la madrugada del 11 de abril de 2013.

 Labores de desescombro el dia siguiente al incendio en Bermeo. (Marisol RAMIREZ / ARGAZKI PRESS)
Labores de desescombro el dia siguiente al incendio en Bermeo. (Marisol RAMIREZ / ARGAZKI PRESS)

El juicio se celebró hace un mes en Bilbo. En la sentencia, de 86 folios y dictada el 14 de junio, la jueza desestima las seis reclamaciones realizadas por otras tantas compañías de seguros, que se reclamaban las indemnizaciones pagadas a sus respectivos clientes en concepto de perjuicios.

El fallo absuelve a todos los acusados, otras compañías de seguros, el arrendador y el propietario del bar Athletic, situado en la planta baja del edificio incendiado.

El motivo es que no se ha podido aclarar el origen del fuego, por lo que «es imposible imputar responsabilidad alguna», concluye la sentencia.

La juez establece que los peritos de las acusaciones no pudieron establecer durante el juicio claramente el origen del fuego.

Ante esta «falta de un informe de perito judicial que pudiera decantar el origen y causa del incendio hacia una de las tesis irreconciliables expuestas, y teniendo en cuenta que no existen razones de peso que permitan acoger una tesis sobre la otra», la jueza pasa a recurrir al testimonio de los testigos y al informe de la Ertzaintza para intentar aclarar los hechos.

Los testigos declararon que por lo que vieron a través de las cristaleras del bar Athletic no había llamas ni humo en el local.

Por su parte, el informe de la Policía Científica de la Ertzaintza concluye que no se puede determinar el origen del incendio porque no se ha encontrado la fuente de ignición, por lo que el incendio puede ser accidental o provocado, señalando como hipótesis más plausible para la zona de origen «la comprendida entre la parte alta de la planta baja y la zona baja de la planta primera».

A la vista de lo anterior, la juez estima que las compañías de seguros demandantes «no han logrado acreditar, como les incumbía, que el incendio se produjo en el bar».

«Así las cosas, con la prueba practicada y desconociéndose el origen del incendio, no es posible imputar responsabilidad alguna, por acción o por omisión, al demandado», el arrendador del bar, lo que se extiende al propietario del local.

Ante la sentencia se puede presentar recurso de apelación en la Audiencia Provincial de Bizkaia.