
En la sentencia, dictada por conformidad de las partes, se considera probado que, sobre las 23:15 horas del pasado día 6, el procesado se encontraba en la calle Yanguas y Miranda, en Iruñea, con ocasión del espectáculo de fuegos artificiales de las fiestas.
El acusado, agrega la sentencia, aprovechando la aglomeración de público en el lugar y «a sabiendas de que con su comportamiento iba a provocar el pánico y la angustia de las familias allí presentes», depositó ostensiblemente una mochila y un bolso en el suelo y levantó la mano portando un objeto y gritando diversas expresiones en árabe, entre ellas «Alau Akbar» (Alá es el más grande), lo que hizo que muchas personas huyeran despavoridas.
El hombre fue inmediatamente reducido por un agente de la Policía Foral que estaba en el lugar, fuera de servicio.
Una vez detenido, se comprobó que el objeto que el acusado exhibía en su puño era un mechero y, examinados el bolso y la mochila, no se halló ningún objeto peligroso.
La pena de prisión por desórdenes públicos se sustituye por una multa de cuatro meses con una cuota diaria de ocho euros (960 euros en total)

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