En una entrevista a TV3 este viernes, ha defendido que, si el Estado español interviene algunos departamentos de la Generalitat a través del 155, se debe dar una respuesta colectiva: «Tenemos que ver como la estructura funcionarial sale a defender la soberanía de este departamento y como hace imposible el artículo 155».
Salellas ha sostenido que, cuando el Gobierno español anuncie las medidas que pretende aplicar el independentismo, deberá buscar «cuál es la herramienta que desactive de manera útil el 155». «Tenemos que conseguir que, si esta gente viene a intervenir nuestros departamentos, esto sea inaplicable», ha reclamado.
Preguntado por si el 155 se utiliza para convocar elecciones autonómicas, ha asegurado que la CUP hará «lo que el país le pida» y ha alertado de que podrían haber partidos o programas electorales ilegalizados.
Por ello, ha reiterado que los partidos independentistas deberán analizar «si se participa o si esas elecciones no dan elementos democráticos como para participar».
Declaración de independencia
Salellas ha explicado que los partidos independentistas están trabajando para que el Parlament proclame la independencia de Catalunya en los próximos días, pero que aún «está todo muy verde en cuanto al formato».
Ha destacado que intentarán «dar un mensaje claro de proclamación de la república catalana» y que buscarán el apoyo de los sectores de Podem y EUiA del grupo parlamentario de SíQueEsPot.
Ha reivindicado que estos sectores piden iniciar un proceso constituyente y ha asegurado que «la única manera de participar es con la república catalana».
Elecciones constituyentes
Salellas ha rechazado convocar elecciones constituyentes inmediatamente después de declarar la independencia, ya que cree que es necesario un periodo de varios meses para «consolidar la república, obtener los reconocimientos necesarios y hacerla efectiva».
Además, ha advertido de que «no sería conveniente abrir un proceso electoral porque haría distraer el foco y distensar esta situación», de manera que ha pedido respetar la ley de transitoriedad jurídica, que establece un plazo de seis meses entre la proclamación de la independencia y la celebración de esas elecciones.