La sentencia le condena además a indemnizar a la menor con 60.000 euros por daño moral, y pone una orden de alejamiento y prohibición de comunicarse con ella durante cinco años.
El hombre, de nacionalidad boliviana, residía en el Estado con su esposa desde 2005, mientras que en Bolivia se encontraba su hija, a quien con 6 años, en 2010, trajeron con ellos.
La sentencia relata que desde muy pequeña el procesado «con la finalidad de satisfacer su deseo sexual se metía dentro de la cama de la niña, la abrazaba y mantenía relaciones con ella con penetración, tras intimidarle y advertirle de que era un secreto entre ambos, hechos que se repitieron ‘muchas veces’».
El último episodio de acceso carnal tuvo lugar en 2016, cuando la niña tenía 12 años, el día anterior a que la niña fuera internada en el Centro de Observación y Acogida (COA), revela la sentencia, que indica que estos hechos han afectado al rendimiento cognitivo de la menor, quien «tiene dificultades a nivel de pensamiento, y habilidad emocional», entre otros aspectos.
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