En concreto, persigue unificar y regular el uso o de las diferentes denominaciones oficiales en castellano y euskara que se han ido aprobando en aplicación de la Ley del Euskara, así como garantizar el uso correcto de los signos empleados en su escritura.
Así, se establecen unos criterios que rijan el uso de la toponimia oficial, garantizando uniformidad a la hora de ser utilizados por cualquier persona o administración pública. Concretamente, se aplican criterios fijados por las directrices estatales e internacionales existentes.
El proyecto de decreto, que fue sometido a información pública y validado por la Comisión Foral de Régimen Local y el Consejo Navarro del Euskera, fue remitido al Consejo de Nafarroa para su dictamen. Tras el mismo, que validaba la totalidad del decreto a excepción de una disposición adicional, el Ejecutivo ha tomado en consideración la propuesta del órgano consultivo y ha procedido a su aprobación definitiva.