![Las ayudas están pensadas para acometer ampliaciones, reformas o mejoras en consultorios locales. (GOBIERNO DE NAFARROA)](/media/asset_publics/resources/000/482/640/article_main_landscape/CentroSaludAlsasuaA.jpg)
La convocatoria de ayudas, publicada en el BON de hoy, está destinada a financiar los siguientes trabajos: obras de ampliación de los consultorios, que supongan la construcción de una nueva superficie en el edificio donde se ubican; obras de reforma y/o remodelación de una superficie ya existente; obras que contemplen conjuntamente ampliación y reforma, y aquellas actuaciones menores de adecuación o mejora de las instalaciones del edificio del consultorio, como las que afectan a la seguridad estructural, las de fontanería y saneamiento, eliminación de barreras arquitectónicas, cubiertas, fachadas y carpintería exterior, siempre que no estén clasificadas como actividades de mantenimiento. No se incluye en esta convocatoria la construcción de nuevos edificios.
El plazo de presentación de solicitudes comienza este jueves, 22 de marzo, y finaliza el 20 de abril. Las entidades locales podrán presentar sus proposiciones en el registro de Osasunbidea (avenida del Ejército, número 2, de Iruñea 31002), así como en cualquiera de las oficinas de registro general del Gobierno de Nafarroa o en los restantes registros y oficinas previstos en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o en el Registro General Electrónico del Gobierno de Nafarroa, dirigidas a la Gerencia de Atención Primaria de Osasunbidea.
Asignación económica
La cuantía individual máxima de la subvención dependerá del presupuesto presentado y de su adecuación a las necesidades expuestas y a los límites establecidos por las bases. En el caso de obras de ampliación y/o reforma se establece una subvención máxima por metro cuadrado de superficie construida de 1.900 euros para la construcción de nuevas superficies de edificio, y de 1.000 euros para las obras de reforma de superficies ya existentes.
En las actuaciones menores de adecuación y/o mejora de las instalaciones se financiará el cien por cien del gasto real de la actuación. En caso de que el consultorio se ubique en un edificio compartido con otras dependencias distintas a las sanitarias, y que la actuación solicitada afecte también a al resto de dependencias, la cuantía de la subvención será proporcional a la superficie ocupada por el consultorio.
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