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El TC estudiará los recursos de Sànchez y Junqueras contra la decisión de mantenerles en prisión

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido por unanimidad dos recursos de amparo presentados por el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y actual diputado de Junts per Catalunya (JxCat), Jordi Sànchez, y otro del exvicepresidente del govern catalán Oriol Junqueras, contra la decisión del Tribunal Supremo de mantenerles en prisión.

Cartel por la libertad de Junqueras en la manifestación de este pasado domingo en Barcelona. (Josep LAGO / AFP)
Cartel por la libertad de Junqueras en la manifestación de este pasado domingo en Barcelona. (Josep LAGO / AFP)

El tribunal de garantías estudiará, por un lado, dos recursos presentados por Jordi Sànchez contra la denegación del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena de dejarle acudir a las sesiones de los plenos del Parlament, y por otro, el recurso de amparo presentado por Oriol Junqueras contra el auto del Tribunal Supremo que confirmaba su ingreso en prisión provisional acordado por la Audiencia Nacional española.

En ambos casos el Pleno forma pieza separada y, en lo que respecta a los recursos de Sànchez, concede un plazo de tres días al Ministerio Fiscal y a los recurrentes para que efectúen sus alegaciones. En relación a Junqueras, acuerda dirigir comunicación a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para que en un plazo que no exceda diez días remita certificación de las actuaciones correspondientes a la causa en la que se ha procesado a 25 personas relacionadas con el proceso independentista por los delitos de «rebelión, sedición y malversación».

En su primer recurso Jordi Sànchez solicitó como medida cautelar que se le permitiera participar en el Pleno de investidura mediante videoconferencia argumentando que se había vulnerado participar en los asuntos públicos y acceder a cargos públicos.

Se refirió así a las retiradas negativas del magistrado Llarena de acordar su excarcelación cuando se van a cumplir siete meses de su ingreso en la prisión de Soto del Real por orden de la magistrada de la Audiencia Nacional que comenzó instruyendo la causa de la deriva soberanista, Carmen Lamela.

En su segundo escrito, la defensa del diputado de JuntsxCat expuso que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia por inexistencia de indicios de delito y de riesgo de reiteración delictiva. También impugnó una vulneración de su derecho a la libertad ideológica y a la participación en asuntos públicos.

En el caso del exvicepresident de la Generalitat, el tribunal de garantías estudiará también en pieza separada su recurso contra el mantenimiento de la prisión provisional decretada por la juez Lamela el pasado 3 de noviembre.

La defensa del dirigente independentista pidió en su escrito del pasado mes de febrero que se les reconocieran sus derechos fundamentales a la libertad, la libertad ideológica, al juez ordinario predeterminado por la ley, el derecho a la defensa, a la presunción de inocencia y a la participación y representación políticas, entre otros aspectos.

El Pleno considera que tanto en el caso de Sànchez como de Junqueras queda «justificada la especial trascendencia constitucional del recurso de amparo porque se plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal».