En un auto, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena desestima los 23 recursos presentados contra el auto de procesamiento que él mismo dictó el pasado 21 de marzo por delitos de «rebelión, malversación y desobediencia», por lo que ahora las defensas recurrirán a la Sala de Apelaciones del alto tribunal. Los exconsellers exiliado Toni Comín y Meritxel Serret han rehusado recurrir, por lo que en total los procesados son 25.
Llarena reafirma en el auto que concurre el requisito de violencia en el delito de rebelión y que los datos de Hacienda coinciden con los indicios de malversación recogidos en su investigación. Sobre la violencia, considera que la misma no se muestra como un resultado imprevisto en la movilización impulsada por los investigados, sino que fue «conscientemente asumida y buscada para la ejecución de estos hechos, de suerte que el dolo eventual que apuntan los recursos, sólo se muestra como la inferencia subordinada a la concurrencia de un dolo directo».
Ahora bien, Llarena afirma que en el caso de que no se acreditara la violencia, ello no conduciría al archivo de las actuaciones, ya que «los hechos no excluyen la acusación por un delito de sedición ni tampoco de conspiración para la rebelión», abriendo así esta nueva puerta. En concreto, señala que los hechos por más que sean evaluados en el sentido que postulan los investigados, no excluyen una acusación por sedición ni tampoco por conspiración para la rebelión, penados con hasta 15 y 7 años, respectivamente.
Asimismo, Llarena afirma que los datos que le entregó recientemente el Ministerio de Hacienda coinciden con «los indicios de malversación» recogidos en su investigación contra los exmiembros del Govern.
Los procesados alegaron que las declaraciones públicas del ministro de Economía y Hacienda Cristobal Montoro en las que negaba el uso de dinero público para el 1-0 hacen «insostenible» el procesamiento por el delito de «malversación».
Después de examinar el contenido completo de las declaraciones de Montoro, el juez deduce que las mismas «fueron acompañadas de una serie de matizaciones que, en ejercicio del derecho de defensa que corresponde a los investigados, estos silencian en su intento de aportar contundencia a su exculpación».
«Alegación injustificada»
El juez subraya que «la alegación de las defensas de que el procesamiento por este delito es injustificado, utilizando para ello una mención incompleta de las manifestaciones hechas por el Ministro de Hacienda en una entrevista periodística, no desbarata los indicios que la investigación recoge», añade.
En su auto, aglutina estos indicios y, así, cita pruebas de los costes en publicidad del referéndum en los medios de comunicación públicos, la distribución de documentación electoral, los sobres para remisión de cartas certificadas, los gastos de folletos de propaganda y cartelería o la intervención de una pluralidad de observadores internacionales.
Ahora, los encausados pueden recurrir ante la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo. Si esta mantiene el delito de rebelión a los encarcelados se podrá dar el paso de suspender de sus cargos públicos a aquellos que mantengan sus actas de diputados.