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La AN dicta que la revista ‘Kalera info’ cumple todos los requisitos para ser distribuida en prisión

El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria ha fallado a favor de las quejas interpuestas por presos politicos de las carceles de Murcia II y Cordoba ante la retención de la publicación ‘Kalera info’, de Sortu, La publicación había sido retirada en varias prisiones porque su contenido era considerado «no conveniente dada la incidencia negativa que podía resultar y la influencia que podía tener en el comportamiento de los presos».

A mediados del mes de abril Euskal Presoen Batzordea denunciaba como en diferentes cárceles como Huelva, Picassent, Algeciras, Curtis, Murcia, Almería o Córdoba se había comunicado a los presos que la revista ‘Kalera info’, editada por Sortu, que cumple todos los requisitos legales y dispone de deposito legal, «quedaba retenida o no permitida» ya que su contenido era considerado «no conveniente dada la incidencia negativa que podía resultar de la divulgación de su contenido y la influencia que podía tener en el comportamiento de los presos».

Varios presos recurrieron ante el juzgado de vigilancia penitenciaria esta decisión de Instituciones Penitenciarias.

En un auto fechado el 27 de junio, el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria ha fallado a favor de las quejas interpuestas por presos politicos de las carceles de Murcia II y Cordoba ante la retención de la publicación. En dichos autos, el JCVP reconoce que la publicacion mencioanda «dispone de deposito legal y es editada por un partido político, por tanto debe considerarse que cumple los requisitos del articulo 128.2 del Reglamento penitenciario, y por tanto procede la estimación de la queja».