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Autorizado ir al monte o a tomar un café a un municipio colindante en la CAV

El Gobierno de Lakua ha aclarado que las nuevas medidas de prevención del coronavirus permiten desde este lunes, acudir a un restaurante, tomar un café, andar en bici y subir al monte de un municipio colindante al que se reside.

Terraza de un bar en Bilbo. (Marisol RAMIREZ/FOKU)
Terraza de un bar en Bilbo. (Marisol RAMIREZ/FOKU)

La población de la CAV está autorizada desde este lunes a pasar a municipios colindantes al de su residencia habitual para la realización de actividades socio-económicas como, por ejemplo, ir al supermercado, tintorería, restaurante, guardería o ir a tomar un café, así como para practicar actividades deportivas o de actividad física al aire libre.

Así se recoge en un documento hecho público por el Gobierno de Lakua en el que se recogen respuestas a las preguntas frecuentes sobre las medidas específicas de prevención ante el coronavirus. En dicho texto se especifica que sigue vigente la limitación de permanencia en grupos de más de cuatro personas en espacios públicos y privados, salvo que se trate de convivientes.

Entrenamientos y competiciones deportivas

Quedan exceptuados, pudiéndose realizar los entrenamientos y competiciones deportivas de los equipos inmersos en competición profesional o semi-profesional, cursos o actividades programadas en gimnasios, clubs deportivos o polideportivos y la práctica de la actividad física y deportiva, al aire libre y en grupos de hasta seis personas.

Salidas al monte

Respecto a las salidas al monte, está autorizado ir en grupo de máximo seis personas al monte del municipio de residencia o del municipio colindante. Además, se pueden juntar seis personas para andar en bicicleta y pasar por municipios colindantes.

Si se trata de personas federadas, pueden realizar rutas por toda la CAV, siempre que el municipio de origen tenga una Tasa de Incidencia Acumulada inferior a 500 casos por 100.000 habitantes.

Compras

Por otra parte, los desplazamientos para adquirir alimentos u otros productos autorizados deben ser a los establecimientos comerciales ubicados en el término municipal de residencia o en el colindante. Para servicios y suministros que no se presten en la localidad de residencia, con carácter excepcional se permitirá el desplazamiento a una gran superficie o similar más cercana al municipio de residencia o al colindante.

Manifestaciones

En relación a la movilidad para acudir a manifestaciones, como criterio general solo podrían acudir las personas residentes en la localidad o municipio colindante en el que se celebra la manifestación.

No obstante, en manifestaciones, concentraciones o protestas por despidos podrán desplazarse tanto los delegados sindicales por motivo de representación, como los trabajadores afectados directamente.

Visitas familiares

En cuanto a si unos abuelos pueden visitar a su nieto en caso de no vivir en el mismo municipio, Lakua explica que no hay que «confundir 'visita' con 'cuidado'» y añade: «Si se trata de una visita familiar, únicamente en el municipio de residencia».

Diferencias entre zonas de incidencia

Sobre la diferencia entre un municipio con una Tasa de Incidencia Acumulada de 500 casos/100.000 habitantes y un municipio con una tasa menor, el Ejecutivo explica que en aquellos municipios con un Tasa de Incidencia Acumulada de 500 casos/100.000 habitantes queda suspendido el deporte escolar y el deporte en grupo, tanto en entrenamiento como en competición.