El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Betanzos (A Coruña) ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones abiertas contra los '19 de Meirás', que accedieron al pazo en agosto de 2017, desplegando pancartas contra el franquismo y exigiendo la devolución del inmueble por parte de los herederos del dictador.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el fallo sostiene que «no puede atribuirse la responsabilidad a todos y cada uno de los intervinientes, de un modo genérico, individualizado o discriminado», ni determinarse «en ninguno de los investigados, en concreto, la causación de los diversos daños».
Así, argumenta que, al no aparecer «debidamente justificada la perpetración de los delitos, así como persona individualmente responsable de los mismos», se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de la causa frente a los 17 investigados, que consideran que este fallo supone una «victoria».
Precedente del TS
Cabe recordar que el Tribunal Supremo también declaró en marzo de 2021 el archivo de las actuaciones seguidas, por su condición de aforado, contra un diputado del BNG que participó en los mismos hechos.
El Alto Tribunal español consideró entonces que no concurría el delito de odio previsto en el artículo 205 del Código Penal, ni tampoco un delito de allanamiento de morada, pues los querellantes «no son un grupo minoritario que requiera una especial protección».
Sobre el delito de daños en la cubierta y muros del pazo, el Supremo entendió que la actuación de cada interviniente «no puede ser individualizada y tampoco resulta acreditada la intención dolosa y conjunta por parte de los partícipes en la reivindicación de llegar al acuerdo de producir dichos daños».